El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) condenó al Sergas a indemnizar en 200.000 euros a una familia de Salvaterra por el diagnóstico tardío de una enfermedad rara a su hijo de dos años en el Chuvi. Esta demora impidió que el menor pudiera ser sometido a un trasplante de médula ósea ya que el niño rebasaba la edad idónea para ello.

El pequeño, según se recoge de la sentencia, nació sin problemas pero a los pocos meses los padres alertaron a sus pediatras y médicos de atención primaria de la "abundante mucosidad y continuas fiebres" del menor e incluso "ruidos extraños al respirar además de tener el pecho hundido". A pesar de las múltiples consultas no fue hasta que le realizaron un análisis de orina dos años después cuando le diagnosticaron mucopolisacaridosis, una enfermedad rara.

La pediatra que atendió al menor habría reconocido que no le realizaron las pruebas para determinar esta patología porque no "se daban los requisitos para indicarlo" y al manifestar la facultativa que el propio padre del menor "le hizo desvincular el retraso psicomotor [...] al haberle parecido mal que estuviese sugiriendo que su hijo pudiera ser un poco retrasado". Sin embargo la sala aprecia que "el examen de los partes evidencian la presencia de alteraciones fenotípicas y anomalías que, apreciadas en conjunto, podrían hacer pensar en una patología metabólica". Así, el TSXG entiende que hubo un supuesto de pérdida de oportunidad que impidió recurrir al trasplante.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.