El concepto de jornada laboral puede ir más allá del horario y del lugar donde se desarrolla la labor profesional. Y un buen ejemplo de ello es una sentencia que acaba de dictar el Tribunal Supremo, en la que califica como accidente laboral la muerte de un abogado de una empresa pesquera de Vigo. El hombre, de 54 años, falleció a causa de una cardiopatía isquémica cuando practicaba deporte en un gimnasio, pero la clave aquí es que los primeros síntomas surgieron mientras trabajaba. Aunque la dolencia se exteriorizó "con toda su virulencia" en el centro de deporte, la sala concluye que tuvo "origen profesional" ya que se inició "mientras estaba en pleno desarrollo de su trabajo".

El Alto Tribunal estima así el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la viuda del fallecido, representada por el abogado vigués Álvaro Hinrichs Álvarez, del despacho HTO Abogados. El Supremo revoca y anula los anteriores fallos, del Juzgado de lo Social 1 de Vigo y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Ambas salas habían calificado el fallecimiento de "etiología común" al estimar que fue la actividad deportiva, "con sus exigencias físicas", lo que desató la crisis cardíaca.

El fallecido, afiliado en la Seguridad Social en el régimen especial de los trabajadores del mar, prestaba servicios como abogado en una empresa pesquera. Murió el 22 de mayo de 2009 y, años después, su viuda solicitó al Instituto Social de la Marina que considerase el fallecimiento accidente laboral -de cara a las pensiones a la que ella y uno de sus hijos tenían derecho-, pero la entidad declaró el carácter común de la contingencia. Tras emprender la vía judicial, no fue hasta llegar al Supremo cuando se ha dado la razón a la demandante.

La sentencia relata que el día de su muerte, por la mañana, el letrado fue a la notaría, donde dijo no encontrarse bien. Volvió a su despacho y compañeras también lo vieron mal, pero el jurista acudió a la sede de la empresa, donde tenía reuniones ya que estaba gestionando la venta de un buque. Al ver sus compañeros que estaba "sudoroso y pálido", le recomendaron que fuese al gimnasio que la empresa abona a sus directivos. El letrado lo hizo no con intención "lúdica", sino "terapéutica", pero practicando deporte, a la una del mediodía, le sobrevino la crisis que motivó su fallecimiento. El hombre padecía cardiopatía isquémica y tenía un triple by-pass.

El Supremo dice que la dolencia nació "con carácter profesional" al detectarse "en lugar y tiempos laborales". Y ello no desaparece por el hecho de que el fatal desenlace fuese al acabar la jornada de trabajo.