La Sección Segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la decisión judicial de declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por el Área Metropolitana de Vigo contra la suspensión cautelar de la constitución de este ente supramunicipal, al haber una "falta de personamiento en plazo", de este modo el ente no podrá estar personado en el recurso por su suspensión cautelar.

En un auto, el TSXG apunta que "es la propia parte la que voluntariamente ha decidido no personarse dentro del plazo concedido", por lo que manifiesta que "procede desestimar el recurso de revisión". No obstante, el recurso contra la suspensión cautelar también lo presentaron varios ayuntamientos, con lo que se mantiene el procedimiento en relación con ellos.

Los Consistorios que presentaron recursos de apelación a la suspensión del Área son los de Gondomar, O Porriño, Moaña, Vigo, Nigrán, Salceda de Caselas y Cangas. Esta resolución del TSXG no puede ser recurrida y condena en costas a la parte apelante con un límite de 100 euros.

El pasado mes de enero, la Xunta de Galicia presentó por vía telemática un recurso contencioso administrativo contra la constitución del Área Metropolitana y los acuerdos adoptados posteriormente, y un juzgado contencioso administrativo de la ciudad acordó la suspensión cautelar del ente supramunicipal.

Esta decisión fue recurrida por los ayuntamientos y el secretario del Ayuntamiento olívico (y también secretario circunstancial del Área Metropolitana), José Riesgo Boluda, quien alegó, entre otros argumentos, que el auto judicial hace una "incorrecta interpretación" de los hechos sucedidos en la sesión constitutiva del ente, celebrada en Vigo el 1 de diciembre de 2016.