Era todo un reto. Porque era la primera vez que se intentaba en los juzgados de Vigo y, además, tenía el plus añadido de dificultad de que se trataba de un delito grave. Pero la iniciativa ha concluido con éxito. El primer asunto derivado a mediación penal en la ciudad olívica se ha saldado con lo que se denomina un acuerdo reparador, un paso del que ya se dio cuenta al tribunal encargado del caso, el Juzgado de Instrucción número 7 de Vigo. Esta pionera experiencia se llevó a cabo en la causa contra el conductor de una furgoneta y tres chicos que lo acompañaban que, en abril de 2015, arrolló mortalmente a una septuagenaria en la parroquia viguesa de Candeán y después se dio a la fuga. ¿Qué consecuencias tendrá este acuerdo sobre el procedimiento judicial en curso? Aunque ni el contenido de la negociación ni los siguientes pasos que se darán en las diligencias han trascendido, diversas fuentes señalan que lo habitual ante un escenario así es que se beneficie a los acusados con la atenuante de reparación del daño que contempla el Código Penal, lo que supondría una rebaja de la condena facilitando que el litigio se resuelva con una vista de conformidad. Se evitaría así un juicio con un coste económico y de tiempo mayor al habitual ya que sería competencia de un jurado popular.

El caso en el que se ha logrado llevar adelante esta mediación ocurría el 26 de abril de 2015 en Candeán, cuando el conductor de una furgoneta que supuestamente circulaba a gran velocidad arrolló a una mujer de 77 años de edad que se disponía a cruzar la calle para tirar la basura. A continuación se dio a la fuga. Cuando se decidió derivar el asunto a mediación penal -a iniciativa de los acusados sin que se opusiesen ni la acusación particular ni la fiscal- el procedimiento ya estaba a las puertas de juicio: de hecho el Ministerio Público había formulado su escrito de calificación provisional en el que pedía una pena de 8 años de cárcel y otros 6 de retirada del carné para el automovilista por la presunta autoría de un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de omisión del deber de socorro. Para los tres jóvenes que viajaban con él en el vehículo solicitaba más de 4.000 euros de multa al considerarlos coautores del delito de omisión ya que no pidieron al conductor que parase.

Proceso voluntario

Este escenario cambiará ahora tras el acuerdo alcanzado en la mediación, que en este caso se prolongó durante varios meses durante los cuales el procedimiento judicial estuvo suspendido. ¿En qué consiste la mediación intrajudicial penal? A grandes rasgos, es la participación voluntaria del acusado de un delito y de la víctima -o familiares- en un proceso conducido por un mediador imparcial para lograr la reparación adecuada al daño causado. Tras las primeras entrevistas informativas, el proceso consiste en sesiones individuales y, si es posible, conjuntas entre infractor y perjudicado.

En una guía publicada recientemente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se resalta que en un proceso de este tipo la víctima "puede participar activamente y de forma voluntaria" en la resolución del conflicto. "Le permite ser reparada por los daños y perjuicios tanto morales como materiales sufridos y la recuperación de la tranquilidad personal", se señala. Sobre el acusado, la mediación, resalta la publicación, "le facilita la concienciación y el responsabilizarse de las propias acciones y consecuencias, así como la posibilidad de entender el delito y obtener beneficios previstos en el Código Penal".

En este caso la negociación intrajudicial que se llevó a cabo durante varios meses -a la que ambas partes deben acceder de forma voluntaria- acabó con un acuerdo de reparación por parte de los infractores a la familia de la mujer fallecida. Sin ceñirse a este asunto concreto, ta reparación bien puede ser económica o de otra índole si por ejemplo el acusado es insolvente. Ahora, es previsible que la Fiscalía rebaje las peticiones de pena que hacía inicialmente en su escrito provisional y que, en definitiva, el caso pueda concluir con una vista de conformidad, ya en la Audiencia viguesa, que evitaría tener que conformar un jurado e ir a juicio.