Ultimátum del Puerto a la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (Sagep) con el objetivo de lograr una rebaja de costes que mejore la competitividad de la terminal de contenedores. O retira a los estibadores el monopolio que también ejercen en la entrega y recepción de estos depósitos a los transportistas o lo denunciará a la Comisión Nacional de la Competencia. La Autoridad Portuaria advierte a la Sagep de la ilegalidad de impedir la contratación para estas funciones de personal ajeno a la bolsa de 119 estibadores, la llamada Colla. Por la imposición de esta plantilla, el sobrecoste anual asciende a 340.000 euros, según empresas del sector. El presidente Enrique López Veiga no esperará a que el Gobierno reforme, en cumplimiento de la condena del Tribunal Europeo, la ley que ampara la exclusividad de la Colla. "Somos beligerantes porque esta situación perjudica a la industria que alimenta toda la economía de Vigo", justificó.

Para presionar a la Sociedad de la Estiba, funcionarios de Praza da Estrela entregaron ayer en mano al gerente y al presidente de su comité de empresa un apercibimiento que exige el "cese inmediato" de la aplicación del denominado "Convenio SEED" -el que rige su funcionamiento y todavía con la nomenclatura de cuando la sociedad estaba participada por el Estado- por tolerar esas actitudes monopolistas. Considera que la aplicación de este convenio es ilegal por "carecer de todo sustento normativo" y supone "un incumplimiento continuado de las normas de defensa de la libre competencia". "¿No queremos ser competitivos?, pues empecemos", remachó Veiga.

Notificado también a Puertos del Estado, el apercibimiento de 12 páginas se basa en la información aportada por la Sagep tras abrirle un expediente informativo. "Les aconsejo que se lo lean", enfatizó el presidente. Avisó que "no se trata de ningún farol", sino de una decisión tomada en julio ante la "ausencia de progresos" en las negociaciones entre empresas y estibadores. "A partir de hay teníamos dos caminos, y al de mirar para otro lado no estoy dispuesto. Es mi obligación, según la ley de Puertos [arts. 25, 30 y 125] velar por la libre competencia, informar de actos o condiciones que la alteren, impugnar acuerdos y hasta sancionarlos", enumeró en réplica a CC OO, sindicato que esta semana le acusó de no ser quién de interferir en la gestión de la Sagep.

Para el Puerto, lo que la Sociedad denomina "convenio colectivo" no es más que un "pacto con los trabajadores". "Extraestatutario. No tiene consideración legal de Convenio Colectivo y como mucho obligaría a las partes que lo firman, pero en modo alguno se podría aplicar ni imponer a terceros", completa. Pero así sucede en Vigo desde hace 20 años porque, según el apercibimiento, la Sociedad de Estiba actuó con una regulación que atribuye a su plantilla más funciones de las toleradas por la ley, vulnerando las Normas de la Competencia (contenidos en la Ley de Defensa de la Competencia y en el Tratado de Funcionamiento de la UE).

"Extralimitación clara"

"La extralimitación es clara", afirma Veiga en cuanto a las labores de entrega y recepción de contenedores, y en la carga y descarga de vehículos sin matricular. Actividades consideradas "complementarias" que, remarca el Puerto, "están excluidas del régimen de exclusividad de la Sagep" . En cambio, en Vigo la Colla monopoliza, además de la manipulación de contenedores entre el barco y el muelle también desde aquí hacia el camión. Además de suponer un coste importante, el presidente apunta que el empleo de este pool de operarios limita el horario de apertura de la terminal, una de las quejas señaladas por los operadores. La otra tarea exclusiva de la estiba, la de mover vehículos en Bouzas, ya está liberalizada por decreto del Puerto pero no se aplica, sospecha Veiga, por "acuerdiños" con la plantilla. Cualquier empresa autorizada podría asumir esta actividad siempre que sea equiparable en calidad y costes a la de Sagep, si bien esta tiene prioridad en el contrato si iguala las condiciones.

Aparte de extralimitarse en los ámbitos funcional y personal, el cuestionado "Convenio-SEED" es "ilegal", según el Puerto, por no estar adaptado a la nueva regulación: Ni a la Ley 48/2003 de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, ni al citado Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM), ni al llamado IV Acuerdo Marco. Sobre este último el presidente acusa a la Sagep de "no hacer nada" por actualizar su "convenio" teniendo en cuenta que este IV Acuerdo Marco fue corregido como consecuencia de una resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, de 24 de septiembre de 2009 ratificada el pasado marzo por el Supremo.

Este tribunal condenó por "pacto colusorio", lo que significa, daños a terceros, a Anesco (la patronal de las empresas estibadoras) y los sindicatos Coordinadora, CIG y Lab "con la advertencia de que en lo sucesivo se abstuvieran de cometer prácticas como las sancionadas y otras equivalentes". Dos de estos sindicatos tienen (Coordinadora) o tuvieron (CIG) representantes en la Sagep de Vigo. "¿Y no advirtieron de esto? Me preguntó por qué", reflexiona Veiga.