El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado un recurso interpuesto contra la decisión de la Xunta de poner en marcha el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo (HAC) sin laboratorio central, y ha rechazado los argumentos de los demandantes, quienes alegaban que se conculcaban los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física (art. 15 de la Constitución), y a la igualdad (art. 14 de la Constitución).

El alto tribunal gallego ha argumentado, en su sentencia, que no se ha podido acreditar que la ausencia de laboratorio central en el nuevo hospital conlleve un riesgo para la vida y la integridad de los pacientes. "Una cosa es la conveniencia de la existencia de la unidad de laboratorio central en el HAC, (...) y otra muy distinta, que su ausencia comprometa intereses vitales, reales y actuales, o la integridad física de personas concretas", reza el escrito.

Del mismo modo, el TSXG entiende que la Xunta no vulnera el derecho fundamental a la igualdad ante la ley, porque el modelo del nuevo hospital de Vigo, con laboratorio de urgencias en el propio edificio, y el laboratorio central en otra infraestructura, es el mismo que existe en otras ciudades. Así, la sentencia inscribe esa decisión en la "potestad de autoorganización" de la administración autonómica. Contra el fallo, cabe recurso.