Sentencia sobre el Mar de Vigo
El Juzgado rechaza que el Concello compense a la concesionaria del Auditorio, que pedía 25 millones
Desestima la solicitud de reequilibrio ecónomico de Pazo de Congresos S.A., que alegó incumplimiento de las previsiones del contrato -Descarta responsabilidad del Ayuntamiento en que no se alquilasen los locales ni se renovase el entorno
Vigo
El Juzgado ha dado la razón al Concello frente a una reclamación de las empresas adjudicatarias del Auditorio Mar de Vigo -agrupadas en la sociedad Pazo de Congresos de Vigo S.A.- que podría haber supuesto a la Administración un grave quebranto de hasta 24,5 millones de euros. La alianza de compañías, liderada por Sacyr, recurrió la negativa del gobierno local a aportarle fondos periódicamente ante el "desequilibrio económico" de la concesión, unas pérdidas que, según sus argumentos, se deben al incumplimiento de las previsiones del estudio de viabilidad y el plan financiero del contrato. El magistrado de la sala de lo Contencioso número 2 concluye que el pliego de condiciones que rige la concesión no ampara ninguno de los motivos alegados para justificar que ha sido imposible, por el impacto de la crisis y la imagen de abandono del entorno, encontrar operadores para ocupar las zonas comerciales, de oficinas y restauración a precios que cumplan los parámetros fijados.
Pazo de Congresos S.A. reclamó por vía administrativa al Concello aportaciones periódicas de fondos, que le fueron denegadas en 2013. Recurrió entonces al Juzgado para reclamarlas y en su escrito de conclusiones planteó como primera opción que se le entregase una subvención de hasta 24,5 millones para reequilibrar la concesión. Esta última petición fue descartada de raíz por el juez, ya que no había sido formulada anteriormente, y también descartó en su análisis detallado que concurra motivo alguno de compensación. "La degradación del entorno tendría que haber sido prevista por los licitadores", reza la sentencia en uno de sus puntos, y aun añade que "era previsible hasta para un profano en la materia".
La adjudicataria había alegado que el estado de la zona era "deplorable" y que no se cumplieron las expectativas recogidas en el Plan Xeral de construir urbanizaciones residenciales en el entorno que harían mucho más atractivo para los operadores comerciales implantarse en el Mar de Vigo. La situación actual provoca, según argumenta la firma, que los ingresos sean casi "cero". En estos momentos funcionan los espacios para eventos y el hotel, pero con arrendamientos a precio muy inferior a los previstos en el plan financiero, mientras que la superficie comercial, de oficinas y para el restaurante está vacía a pesar de los "ingentes esfuerzos" -señala Pazo de Congresos- para comercializarla. Según asegura la compañía, existe "una desproporción exorbitada entre el plan de viabilidad, el Plan Económico Financiero y la situación actual, con desajustes de más del 90% en las estimaciones iniciales".
El juez apunta que el pliego del contrato no solo no ampara ninguno de los argumentos, sino que recoge específicamente que "no procederá el reequilibrio económico financiero en caso de que su ruptura se deba a la disminución de los beneficios derivados de la explotación de la zona complementaria por debajo del umbral mínimo previsto".
Restablecido en 2012
A ello agrega que, a consecuencia de la modificación del proyecto de obra, que obligó a una reducción considerable de las zonas de explotación, el Concello inyectó cinco millones en 2012 a la adjudicataria como subvención, además de prorrogarle el contrato en 25 años, alcanzando el máximo legal de 60. "En 2012 se consideró restablecido el equilibrio. No se entiende cómo un año después puede solicitar la empresa nuevas medidas", expone el juez en su dictamen.
Sobre la regeneración del entorno el magistrado también avala la actuación municipal, ya que el Plan Xeral aprobado por el Concello recoge los desarrollos residenciales para transformar la zona, poblarla y hacerla atractiva a los operadores. La sentencia señala que "no es razonable" pensar que, desde la entrada en vigor del Plan en 2008 se pudiesen haber dado todos los pasos para que a día de hoy se haya transformado todo el área de Jacinto Benavente y Beiramar, ya que a los trámites administrativos habría que unirle el traslado de industrias, la urbanización, construcción de los edificios y venta para que fuesen habitados. "Es física, económica y jurídicamente imposible", explica el magistrado, quien apunta que no se puede "creer de buena fe que la transformación urbanística se iba a materializar de forma instantánea con los inicios de la explotación".
La concesionaria señala, particularmente, que el Concello no ha cumplido con el desarrollo del ámbito de Beiramar, donde el Plan Xeral proyecta una urbanización y el traslado de las industrias frigoríficas al futuro parque empresarial de Matamá-Valadares. A este respecto el juez indica que se fijó en el PXOM para el segundo cuatrienio de vigencia, que aún no ha vencido, y agrega que "en ningún momento el Concello asumió que el traslado de las industrias iba a realizarse en un plazo determinado".
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza.
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