La magistrada titular del Juzgado de Instrucción 7 de Vigo considera que la maniobra acometida en la madrugada del pasado 1 de abril por el capitán del Baltic Breeze -el carguero que colisionó con el Mar de Marín, provocando el naufragio de este buque en el que fallecieron cuatro de sus diez tripulantes y uno sigue desaparecido- fue "correcta" y "no cabe apreciar imprudencia alguna, ni grave ni leve penalmente relevante". En estos términos emitió ayer el auto decretando el sobreseimiento provisional y archivo de la causa penal "sin perjuicio de las acciones civiles que puedan corresponder a los perjudicados". La armadora del pesquero ya presentó el recurso contra el archivo de este auto solicitando la realización de una serie de pruebas técnicas que no se practicaron y que califica de "importantes".

La decisión de la magistrada Carmen García Campos se produce tras escuchar las declaraciones de las tripulaciones de ambos barcos y analizar los datos del sistema de identificación automática (AIS) y del registrador de datos de travesía (VDR), la "caja negra", del Baltic Breeze. De las actuaciones practicadas, según expresa en su auto, concluye que el accidente se debió a una maniobra que, "aunque fuese realizada por el patrón del Mar de Marín en la creencia de ser correcta, a todas luces no lo era". Tiene en cuenta además que "se le advirtió" al capitán del pesquero, por parte del centro de control de tráfico marítimo de Vigo, de que su maniobra, "cruzarse en la línea de navegación del mercante" , "no era correcta" y de que "la debía rectificar, algo que no hizo y que generó un riesgo de colisión grave e inminente", agrega.

A juicio de García Campos, el pesquero fue "el exclusivo creador del riesgo jurídicamente desaprobado" al interponerse en la trayectoria del mercante cuando se hallaba a escasa distancia del mismo (según declaró Augn Gyi, capitán del mercante, éste dejó de ver la luz roja, babor, del pesquero a unas 0,7 millas de distancia). Es decir, que "la imprudencia" del patrón del Mar de Marín. De ahí que asegure en el auto que "no es posible apreciar" en el capitán del mercante, único imputado en este caso, "imprudencia alguna, cuando menos penalmente relevante por no haber logrado evitar una colisión producida por la interposición en su trayectoria de otro barco".

Entiende la magistrada que el Baltic Breeze entró en el dispositivo de separación del tráfico de la Ría de Vigo "de forma correcta y lo continuó haciendo hasta el momento de la colisión". Añade a continuación que la Policía Judicial de la Guardia Civil no apreció "el menor indicio" de una deficiencia o anomalía en sus luces de navegación, una hipótesis expuesta por supervivientes del Mar de Marín, Mar de Marín quienes declararon a la jueza que "un foco encendido en el costado del mercante" pudo confundir al patrón del pesquero y que, por este motivo, hizo la maniobra "extraña" que provocó la colisión.

Respecto a la velocidad del carguero, la jueza concluye también que era "correcta", basándose en la declaración a la Guardia Civil de un empleado del centro de control.