El TS falla en contra del PXOM de Vigo sobre dos parcelas

Obliga a excluir dos terrenos de una urbanización proyectada en Tomás Alonso por considerar que son suelo urbano

EFE

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Vigo y la entidad Vialpark, S.L. sobre una sentencia del TSXG que anula parcialmente el Plan General de Ordenación (PXOM) en relación a la calificación de dos parcelas en la calle de Tomás Alonso.

El alto tribunal gallego dictó la nulidad parcial -la demandante solicitaba que fuera en su totalidad- de la orden de la Xunta de 16 de mayo de 2008 de aprobación del PXOM de Vigo en cuanto a la clasificación de dos parcelas, que deben ser consideradas como suelo urbano consolidado.

El argumento de la demandante, admitido por el TSXG y ratificado por el TS, es que las parcelas en cuestión tienen condición de solar dado que son aptas para la edificación, cuentan con acceso por vía pública pavimentada y servicios urbanos de agua y luz, y porque clasifica como suelo urbano consolidado las parcelas colindantes.

En su auto, el TS recuerda que el debate, durante el proceso de instancia, giró en torno a si en los terrenos concurrían los elementos y servicios requeridos para la categoría de suelo urbano consolidado, y a tal efecto las partes invocaron la ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia.

No hubo entonces "la menor alusión" al alcance con el que la Ley de suelo contempla las actuaciones de transformación urbanística, incluidas las referidas a suelos ya urbanizados, a las que se remitió la parte recurrente ahora en fase de casación.

El alto tribunal impone a los recurrentes las costas procesales con un tope de 3.000 euros por los gastos de representación de la demandante.

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