Los jueces advierten de que privar de sede judicial a Vigo vulneraría la Constitución
El decano exige la "modificación" del anteproyecto porque es "imprescindible" contemplar la "excepción" viguesa - Alega que ya funciona como "capital de provincia" a efectos judiciales

El juez decano y magistrados vigueses, en la junta celebrada para defender la excepcionalidad del partido judicial de Vigo. // Ricardo Grobas
Una reforma que podría ser inconstitucional. Así de contundente se expresa el juez decano Germán Serrano en el informe elaborado tras el pronunciamiento unánime de la junta de magistrados vigueses contra el anteproyecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de Gallardón. El texto con las alegaciones de los jueces advierte de que es "imprescindible" que la futura norma incluya la "excepción" de Vigo para que albergue un tribunal de instancia propio, ya que establecer una sede única en la capital provincial podría vulnerar la Constitución Española. El documento ya está en manos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, paso previo a que se remita al Consejo General del Poder Judicial, uno de los órganos consultivos que emitirá informes al anteproyecto impulsado por el Ministerio de Justicia.
El informe de los jueces defiende que la provincia pontevedresa se divida en dos partidos judiciales de manera que Vigo sea sede de un tribunal de instancia propio que atienda a todo el sur (los actuales partidos de Redondela, Tui, Porriño, Ponteareas y Cangas) y que Pontevedra albergue otro para la zona norte. "La sede de los tribunales debe estar donde se origina el conflicto, y en este caso no es otro que en la ciudad más importante de Galicia a nivel económico y empresarial", se concreta en las alegaciones al referirse a Vigo, a la que definen como "capital judicial del sur", así como "capital económica de Pontevedra" y, con su área metropolitana, "de todo Galicia".
Y es que el decano advierte de que, con el establecimiento de una única sede en la capital con ámbito provincial tal y como prevé ahora el anteproyecto, "se puede vulnerar" el artículo 117 de la Constitución Española, "que establece que el ejercicio de la potestad jurisdiccional corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales, uniendo estrechamente el derecho al juez natural predeterminando con la ley con el ejercicio de la potestad jurisdiccional que se corresponde con el partido", reza el informe, de cinco páginas y cuyos principales puntos se concretan a continuación.
Modificación legal y el ejemplo de la jurisdicción social. Los jueces vigueses exigen "la modificación del artículo 84.3" del anteproyecto de la LOPJ "en el sentido de reconocer una excepción al régimen general, estableciendo un tribunal de instancia con sede en Vigo" y "superando el concepto de sede desplazada del tribunal de instancia con sede en la capital de provincia". En el informe se señala que la división norte y sur que se propone ya funciona en la jurisdicción social (los juzgados laborales de Vigo atienden este partido judicial y los de Redondela, Ponteareas, Tui, Porriño y Cangas) y es el modelo más "adecuado" para conseguir "una justicia de calidad para el justiciable lejos de la interinidad y los retrasos". La acumulación de órganos judiciales especializados en Vigo garantiza, además, "una mejor respuesta a los ciudadanos, consiguiendo una racionalización del trabajo por especialidades, que los actuales juzgados mixtos no pueden ofrecer".
La necesidad de una justicia "cercana" al ciudadano. "La Administración de Justicia debe ser un servicio cercano al ciudadano, ya que una justicia emitida a distancia, lejos de donde se origina el conflicto, no es adecuada ni razonable", refiere el decano en las alegaciones, en las que precisa que esa distancia "supone una automatización en la decisión, que no toma en consideración todos los perfiles del problema que se trata de resolver". Conformes con que se necesita una reforma de la organización de la Administración de Justicia, los jueces sin embargo piden la "excepción" de Vigo, porque lo contrario "se mostraría alejado de la realidad social de esta ciudad, esto es, de su configuración como capital del sur de la provincia de Pontevedra".
Una ciudad con todas las especialidades jurisdiccionales. El informe enumera las razones de la singularidad viguesa. Y los datos son elocuentes. Vigo tiene 35 juzgados y tres refuerzos, así como dos secciones de la Audiencia con dos jueces de apoyo. "En total, 46 magistrados", se señala. Fiscalía, clínica forense, Servicio de Notificaciones y Embargos, el de de atención a víctimas o oficina de presentaciones apud acta son otros servicios. Y junto a los dos edificios judiciales y el proyecto de la Cidade da Xustiza -así como los 88.000 pleitos registrados en 2012, frente a los 18.000 de Pontevedra-, está el hecho de que la ciudad tiene todas las especialidades: Social, Contencioso-Administrativo, Familia, Violencia contra la Mujer, Registro Civil exclusivo y Mercantil, además de todas las jurisdicciones comunes, incluyendo juzgados penales. "Esto supone que, a efectos jurisdiccionales, funciona como capital de provincia, pues tiene todas las especialidades menos juzgado de Menores, que está en Pontevedra", se remarca.
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