El anteproyecto de Gallardón para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) contraviene las directrices aprobadas en diciembre de 2013 por la Comisión Europea a través de su Grupo de Trabajo para la Calidad de la Justicia. Este documento a disposición de todos los Estados miembro establece una metodología para la creación de los nuevos mapas judiciales que avala sin lugar a dudas los argumentos que esgrimen jueces, fiscales, abogados, procuradores y autoridades locales para reclamar que Vigo conserve una sede judicial autónoma con todas las jurisdicciones en lugar de verse relegada a sede "subordinada" de la capital de provincia tras la reorganización del sector.

Las "Directrices sobre la creación de mapas judiciales para apoyar el acceso a la justicia dentro de un sistema judicial de calidad", redactadas en junio de 2013, apuntan como primer factor clave para reordenar los recursos judiciales la densidad de cada población, seguida del tamaño del tribunal o estructura judicial de cada territorio, el flujo de procedimientos y la situación geográfica, instraestructuras y necesidades de transporte.

Atendiendo a estos "key factors" o prioridades fijadas por la Comisión Europea, el reparto de recursos judiciales en la provincia de Pontevedra debería otorgar un mayor protagonismo a Vigo como ciudad más poblada, con un PIB cinco veces superior a la capital, mayor número de magistrados y funcionarios y cinco veces más asuntos anuales: 87.000 frente a 18.000.

El informe reconoce la dificultad de establecer un tamaño óptimo de la población que debe atender cada tribunal dadas las notables diferencias entre países como Italia, Bélgica o Hungría y señala que lo relevante es el nivel de demanda de justicia, que en Vigo presenta el índice más alto de toda Galicia y uno de los más altos de España, con 249 asuntos por cada mil habitantes cuando la media nacional se sitúa en 183.

La Comisión Europea considera otro factor relevante el tamaño de la sede judicial e indica que en términos generales la mayor productividad se alcanza en los tribunales con un número aproximado de entre 40 y 80 jueces. El actual partido judicial vigués tiene 46 con los magistrados de refuerzo, mientras que el de Pontevedra está algo por debajo del límite de los 40.

El tercer factor de "primaria importancia" debe ser el flujo de procedimientos. "La definición del mapa judicial debe basarse en casos entrantes y resueltos", apunta el texto de la CE y sobre este punto tampoco habría discusión respecto a la conveniencia de mantener Vigo como sede de la nueva figura del tribunal de instancia, ya que quintuplica en actividad a la capital de provincia, donde la reforma aprobada por el Consejo de Ministros a principios de mes centraliza por ley las infraestructuras judiciales con independencia de su peso demográfico, económico o tasa de litigiosidad.

Otro de los criterios fundamentales según la Comisión Europea y que obvia por completo el anteproyecto español es la proximidad del servicio a los ciudadanos. "el principio que debe aplicarse es la de reducir al mínimo la distancia entre la oficina judicial y todos los municipios del territorio. En un mapa imaginario de un territorio con cuatro ciudades principales, el tribunal se ubicaría donde satisfaga la condición de la distancia mínima con los ciudadanos", conclusión que avalaría la reivindicación viguesa de mantener la sede judicial en el sur por su mayor peso demográfico.

Al margen de estos cuatro factores principales, el estudio del Grupo de Trabajo para la Dalidad de la Justicia aprobado en pleno el pasado 6 de diciembre, establece otros criterios secundarios a tener en cuenta y, en caso de que haya igualdad de condiciones entre dos territorios en población y tamaño del partido judicial, indica que "es preferible elegir el sitio donde la actividad económica y el comercio son más intensos". También este argumento resulta favorable a la autonomía judicial viguesa, con un PIB de 7.428 millones frente a los 1.863 de Pontevedra.

El documento no es de adopción obligatoria. Su contenido se traduce en recomendaciones. Por ello los autores indican al final que "aunque no todos ellos sean considerados siempre, es muy recomendable que un número suficiente de indicadores se usen para definir un mapa judicial".