Los informes de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) son terreno exclusivo de los arquitectos y aparejadores. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia en la que ratifica que los ingenieros de caminos, canales y puertos carecen de competencia para realizar ese procedimiento. Meses atrás ya había caído en saco roto un recurso de otro colegio profesional, el de los ingenieros industriales, que también reclamaban su capacidad y derecho a firmar ITEs de edificios residenciales.

La nueva sentencia se refiere a un informe presentado por la Autoridad Portuaria para su edificio residencial y administrativo de Concepción Arenal número 6, lindante a su sede central. El examen técnico al inmueble estaba firmado por un ingeniero de caminos, y la Gerencia lo desestimó en 2011 alegando que este colectivo no posee la titulación adecuada para cubrir ITEs. El colegio profesional recurrió y el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Vigo desestimó sus argumentos. El TSXG se pronuncia en el mismo sentido.

Los ingenieros de caminos alegan que cuentan con la "competencia técnica e idoneidad" para la redacción de los citados informes y subrayan que "no hay reserva de ley a profesión concreta" para realizarlos. El TSXG, por contra, esgrime que el criterio aplicable "resulta de considerar que cuando la naturaleza de la obra exige la intervención exclusiva de un determinado técnico, como sucede en el caso de la construcción de una vivienda urbana, la competencia aparece indubitada y reconocida al arquitecto, y en su caso al arquitecto técnico". Ni ingenieros de caminos ni industriales, según las sucesivas resoluciones judiciales, contarían con la facultad para redactar ITEs.