Ramona Alonso vivió el peor episodio de su vida hace cuatro años, cuando la que era su pareja le agredió el día en el que inauguraban un negocio de hostelería conjunto en la calle Camelias. Los juzgados dictaron 18 meses. de alejamiento. Cuando esta viguesa pensaba que había superado el trance, la Audiencia le condena a pagar los casi 5.000 euros en deudas que posteriormente contrajo su maltratador al frente de este local, revocando la sentencia de Primera Instancia que la absolvía. Ramona pide a los magistrados que fallaron en su contra que revisen su caso.

Tanto ella como su ex pareja, rubricaron el alquiler del local en enero de 2009 para iniciar los pagos en marzo, el mes de su apertura, tras una reforma de 7.000 euros que aportó ella. Lejos de ser una fiesta, la inauguración acabó en drama cuando él la agrede y causa daños en su automóvil. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer lo condenó por malos tratos a 18 meses de alejamiento de la víctima, pero el juez también dictaminó que él se quedara con el bar y que le devolviera a ella lo invertido.

La cuestión que da pie a la actual situación de Ramona es que nunca consiguió que su expareja firmara ni la resolución del contrato de alquiler ni su modificación para que ella no figurara, a pesar de intentarlo por diferentes vías: "Lo intentó mi abogado y el suyo, pero él los echaba a patadas", asegura. Dos años después, la arrendadora del local denunció ante los juzgados impagos por valor de 4.859,50 euros. El Juzgado de Primera Instancia número 10 condenó al hombre a abonar la cantidad reclamada y absolvió a Ramona al entender que "concurren especiales circunstancias" y que el abandono del local por parte de Ramona, forzada por la orden de alejamiento, rompía la solidaridad de la deuda por las rentas. Destaca, además, que ella comunicó "debidamente" la situación a la arrendadora, que no solo reconoció tal extremo en el juicio, sino que manifestó que los recibos se emitían a nombre de él y los impagos comenzaron después de que ella, acompañada por la Policía Nacional, recogiera sus pertenencias. Su ex pareja, declarado en "situación de rebeldía procesal", no cumplió con el fallo de junio de 2011.

La sección sexta de la Audiencia Provincial, año y medio después, revocó la sentencia al no compartir el criterio de Primera Instancia. Destaca que la arrendadora advirtió a Ramona que no reconocería la resolución del contrato o su modificación si él no lo firmaba. "No puede admitirse que los problemas entre ambos cónyuges (nunca fueron matrimonio, por lo que Ramona considera que los jueces no conocen bien su caso), que pertenecen a su ámbito personal, puedan trascender al del contrato de arrendamiento", sostiene y añade que sería "un contrasentido" que él no haya firmado el acuerdo por el que pasa a ser arrendatario único y el texto pueda tener efectos frente a la casera. Por ello, condenan "también" a Ramona al pago de la deuda que, junto a las costas del primer juicio, rozan los 6.000 euros.

"No puedo apelar porque no tengo dinero", relata Ramona en la misiva a los magistrados de la Audiencia y añade que tiene una hija y una casa de alquiler que dependen solo de su sueldo. "Y ahora me tengo que exponer a que embarguen mi nómina, que es lo único que tengo", reprocha y añade: "Me acaban de arruinar la vida, no solo económicamente, también moralmente".