Condenado a 56 días de trabajos sociales por pegar a su hija con un cinturón

La magistrada lo sentencia también a veinte meses de alejamiento de la joven y a 180 euros de multa por los golpes que propinó a su novio en la cara al pillarlo en el armario

REDACCIÓN

Su agresiva reacción cuando, en noviembre de 2011, sorprendió al novio de su hija menor escondido en el armario le ha costado 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad o 7 meses y 15 días en prisión -a su elección- y el alejamiento de su hija durante casi veinte meses. La juez de la Sala de lo Penal 2 de Vigo ha declarado a Pedro Ramón R. B. culpable de un delito de maltrato contra la adolescente y de una falta de lesiones al que ahora es su expareja.

A pesar de que la joven trató de exonerar a su progenitor en el juicio, la magistrada considera probado que el padre sacó "violentamente del armario" al chico, rompiéndole el polo que vestía, y que le propinó "varios golpes" en la cara, causándole contusiones que tardaron cinco días en curar. Durante el juicio, el Pedro Ramón, de origen sudamericano y miembro de la Iglesia Evangelista, explicó que desaprobaba la relación con el joven porque él era unos diez años mayor que ella y su cultura prohibe las relaciones antes de la mayoría de edad.

Dos días antes de estos hecho, y en el transcurso de una discusión con la joven, Pedro la golpeó con un cinturón en las piernas causándole tres hematomas, siempre según la sentencia.

Esta es la versión que la joven mantuvo ante los agentes de Policía que, alertados por la misma menor, acudieron al domicilio familiar el día del altercado con el que hoy es su exnovio. También la defendió ante el juzgado instructor. Sin embargo, en la vista celebrada hace menos de un mes (año y medio después de los hechos) la chica se retractó en sus declaraciones y trató de exonerar al padre alegando que se hizo las lesiones en una caída en el parque jugando en un columpio con su hermanastro y que acusó a su progenitor de habérselas ocasionado porque estaba "enfadada" con él.

La magistrada sostiene que la joven "falta a la verdad" y ordena que se abra un proceso contra ella por "falso testimonio". Considera "más creíble" la primera versión ofrecida por la víctima, ya que coincide con la que ofrecieron los agentes que declararon " de forma clara, coherente, firme, persistentes y sin contradicciones. Además, en el fallo, expone que el informe forense desmonta la última versión de la joven.

Por el delito de malos tratos en el ámbito familiar, Pedro Ramón R.B. deberá someterse a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad o ingresar durante 7 meses y 15 días en prisión. Además, no podrá acercarse a su hija durante casi vente meses, ni portar armas. Por la falta de lesiones, pagará una multa de 180 euros.

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