La Justicia reabrirá el juicio a Ernesto de Hannover por la agresión en Kenia

Berlín, 25 nov ().-

La Audiencia de Hildesheim derogó hoy la sentencia dictada en 2004, por la que se condenó al príncipe al pago de una multa de 445.000 euros.

Dicha sentencia se hizo en virtud de un alegato presentado por el abogado del noble, que no había sido explícitamente autorizada por el defendido.

Ernesto Augusto se querelló contra su defensor, al que exigió una indemnización por daños y perjuicios de 250.000 euros y aunque el príncipe perdió la demanda, logró que se reabriese el proceso con el argumento de que la declaración no se atenía a lo ocurrido.

El letrado afirmó, como atenuante, que el príncipe actuó bajo los efectos del alcohol y que atacó a su víctima con un objeto contundente.

Ernesto de Hannover sólo había admitido haberle propinado un par de bofetones, aunque el propietario de la discoteca sufrió heridas graves y tuvo que ser ingresado en un hospital de Mombasa.

La agresión se remonta a ocho años atrás, cuando Ernesto Augusto se personó en la discoteca, situada cerca de su residencia en la isla de Lamu, muy molesto con el ruido que provocaba el local, y propinó una paliza a su propietario.

La isla de Lamu, en el norte de Kenia, es un refugio privilegiado de millonarios dado que apenas hay ruidos, pues está prohibido el tráfico de automóviles.

Tanto el príncipe como su esposa Carolina de Mónaco son clientes habituales de la Justicia, sobre todo por demandas contra los medios por la publicación de fotografías que consideran atentatorias de su esfera privada.