Las comunidades de propietarios están obligadas por ley a eliminar antes del 4 de diciembre barreras arquitectónicas en zonas comunes de cara a facilitar la accesibilidad a personas con movilidad reducida. Así lo establece al Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Este decreto tiene como fecha límite de cumplimiento el 4 de diciembre de 2017, momento en el que todos los edificios de viviendas existentes deben disponer de itinerarios accesibles a todas las zonas comunes, para garantizar que todos los vecinos tengan acceso en las mismas condiciones.

"Cada vez son más las comunidades de propietarios que deciden realizar la adaptación de sus escaleras de entrada o del portal de su vivienda sustituyéndolas por rampas suaves o equipos salva escaleras. "Aún así, todavía es necesaria la sensibilización de muchos vecinos para conseguir dicha adaptación", declara Daniel García Caride, delegado comercial de una empresa especializada en accesibilidad de Pontevedra.

¿Cómo repartir el gasto?

En lo que atañe a la accesibilidad en zonas comunes a la que están obligadas las comunidades de propietarios de viviendas colectivas, los trabajos de adecuación para facilitar la accesibilidad universal no deben resultar una carga desproporcionada para los vecinos, por lo que la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, que modifica los artículos 10 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal ya contempla los posibles supuestos.

El primero de ellos determina que si el coste total de las obras no excede las 12 mensualidades de gastos de comunidad por vivienda, los trabajos deben ser abonados a partes iguales por todos los vecinos. "Ejemplo, una comunidad de vecinos donde el coste de comunidad sea de 60 euros mensuales por vivienda, cada vecino tendría que hacer frente a una derrama de hasta 720 euros. Si son 16 vecinos acumularían 11.520 euros para acometer la adecuación", explica García Caride.

El segundo supuesto se daría en los casos en que las obras adaptación superen las ya mencionadas 12 mensualidades. Cuando esto ocurre es necesaria la convocatoria de una junta y el acuerdo ha de ser adoptado por el voto favorable de la mayoría de los propietarios, estado los demás obligados también a abonar hasta el límite de la cuota anual de comunidad.

Subvenciones públicas

Para ayudar a las comunidades de propietarios a cumplir la ley de accesibilidad, la administración autónoma gallega y la local viguesa han convocado una serie de subvenciones para este año.

La Xunta subvenciona la instalación de ascensores, elevadores, salva escaleras y demás dispositivos de accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva, en dúplex en viviendas unifamiliares que carezcan de ellos. La convocatoria de ayudas, cuyo plazo de solicitud está abierto hasta el próximo 2 de noviembre, establece dos bloques de subvenciones. Así, las viviendas situadas en ámbitos históricos y de los caminos de Santiago pueden obtener el 60% del gasto total, sin exceder 4.500 euros las unifamiliares y dúplex, hasta 35.000 euros los edificios con ocho o menos viviendas y hasta 28.000 euros los que tengan más de ocho viviendas. El límite de la cuantía de la ayuda para el resto de edificaciones es de 2.500, 25.000 y 18.000 euros para los tipos de viviendas anteriormente mencionados. Cuando la actuación consista en la instalación de un salva escaleras la subvención máxima es de mil euros si es de silla y dos mil euros si es de plataforma.

Las subvenciones de accesibilidad del Concello de Vigo se pueden solicitar hasta el 11 de noviembre y se dirigen a obras de eliminación de barreras arquitectónicas en las edificaciones residenciales colectivas existentes en el municipio que se promuevan, ejecuten o hayan ejecutado durante 2017. Las ayudas económicas se destinan a actuaciones de primera instalación de ascensores, rampas, plataformas elevadoras, barandillas o cualquier otras obras o instalaciones que salven el desnivel entre la calle y el portal o entre éste y el ascensor. Las cuantías de las ayudas son un máximo de tres mil euros por edificio sobre el coste de la ejecución de la obra y de mil euros sobre los honorarios técnicos. Los criterios de puntuación para obtener estas subvenciones son la antigüedad de la edificación, el número de plantas, el número de viviendas ocupadas, la accesibilidad de los residentes, el presupuesto de obra y la catalogación del edificio.

Equipos para salvar escaleras

El aumento en la esperanza de vida unido a la baja natalidad pone de manifiesto cada vez más la necesidad de adaptar nuestros hogares, ya no solo las zonas comunes de viviendas colectivas, para personas en situación de dependencia y/o discapacidad de cara a lograr un entorno seguro. Daniel García Caride, delegado comercial de una empresa especializada en accesibilidad, apunta a la existencia de ciertas facilidades para promover la accesibilidad, salvar obstáculos y lograr que personas con movilidad reducida realicen las mismas tareas que quien no padece esos problemas.

Entre los equipos salva escaleras existentes, destaca:

- Las sillas salva escaleras: para tramos rectos o curvos,

de interior o de exterior. Su instalación es rápida y sencilla, no requieren realización de obra ya que van ancladas a suelo. Requisito fundamental es que exista una toma de corriente próxima a la escalera. Son de fácil manejo y ocupan poco espacio ya que son plegables. Vienen provistas con mando a distancia para que, en caso necesario, una persona diferente al usuario, pueda desplazar cómodamente la silla a lo largo de su recorrido.

- Las plataformas salva escaleras pueden ser inclinadas o verticales, para instalaciones en el interior o preparadas para a ir a la intemperie. Estos equipos están especialmente indicados para usuarios de sillas de ruedas, además de ser útiles y cómodos para cualquier persona.

- Los elevadores para viviendas unifamiliares: Existen cabinas en múltiples tamaños y configuraciones, según lo que el cliente necesite o las medidas que tenga el hueco a emplear. Son de bajo consumo eléctrico si se compara con un ascensor convencional.

Lo recomendable, es siempre, la consulta y visita del profesional para que aconseje sobre la mejor de las opciones para cada situación personal y entorno a adaptar.