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Patrimonio

La Xunta se quedará con los saldos de cuentas bancarias que lleven 20 años abandonadas

Hasta ahora estos fondos se integraban en el patrimonio del Estado, pero el Ejecutivo gallego prepara una orden que le permitirá incorporar a las arcas autonómicas tanto dinero en efectivo como acciones o participaciones

Un hombre realiza una operación en el cajero.

Un hombre realiza una operación en el cajero. / Jesus Prieto

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Paula Pérez

Paula Pérez

Santiago

La cuenta de ahorro que los padres abren a sus hijos cuando son pequeños y de la que después se olvidan o el dinero de la cartilla del abuelo de la que nadie se acuerda cuando muere... Esos fondos no permanecen en el banco eternamente. Pasados 20 años sin actividad no se pueden reclamar y pasan al patrimonio público. Hasta ahora estos saldos abandonados se los quedaba el Estado, pero la Xunta tramita una orden para incorporarlos a la hacienda gallega.

Lo legisló ya en 2023 a través de la Lei do Patrimonio de Galicia, en la cual se atribuía legalmente «los valores, el dinero y los demás bienes muebles depositados en las entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualquier otra entidad financiera establecida en Galicia, así como los saldos de cuentas corrientes o libretas de ahorro cuando sobre ellos no se practicara ninguna gestión en 20 años». Para justificarlo la Xunta se apoyó en dos sentencias del Tribunal Constitucional que avalaron regulaciones autonómicas similares en Navarra y Aragón.

Sin embargo, para poder incorporar estos saldos al erario público gallego el Ejecutivo autonómico necesita primero desarrollar una orden que regule el procedimiento. Y esa normativa es la que se encuentra en tramitación y a punto de aprobarse tras superar el visto bueno del Consello Consultivo.

Requisitos

¿Pero con qué saldos se puede quedar la Xunta? La regla es que hayan pasado 20 años sin que el titular —o quien tenga derecho sobre el dinero— haya realizado ninguna gestión que implique ejercer su derecho a la propiedad. Pero esto no significa que durante ese tiempo no haya ningún apunte contable en la cuenta, es decir, que no se haya cobrado ningún recibo, por ejemplo. Se considera abandonada cuando el interesado no realizó ninguna actuación sobre esos fondos. En este sentido, el Tribunal Constitucional considera que acciones tan simples como interesarse por la cuenta pueden ser relevantes para evitar que se declare inactiva.

Hasta ahora, según la regulación estatal, cuando estaban a punto de cumplirse esos 20 años, el banco debía comprobar que no se hubiera registrado ninguna gestión y, al menos tres meses antes, intentar comunicar al titular de la cuenta que su saldo está a punto de declararse abandonado. La única excepción es que el coste de la comunicación sea superior al dinero depositado.

Lo normal es que se trate de cuentas con poco dinero, sobre las que además las entidades bancarias siguen aplicando las correspondientes comisiones, de manera que en algunos casos llega a agotarse el saldo sin el titular llegue a saberlo.

En 2024 el Gobierno ingresó unos 20 millones de euros en metálico procedentes de cuentas abandonadas en todo el Estado. Y ahora la Xunta quiere recuperar su cuota para las arcas autonómicas. La orden que está tramitando regula el procedimiento por el cual las entidades bancarias estarán obligadas a comunicar a la Administración gallega la existencia de estos depósitos y saldos. «El objetivo es aprobar el modelo de comunicación, así como la forma y plazos, condiciones y el procedimiento» para que estos fondos se integren en el patrimonio autonómico, según explica la Consellería de Facenda.

Dictamen

La orden fue ya evaluada por el Consello Consultivo, que dictaminó que el contenido de esta normativa es legal, salvo un problema jurídico que le instó a corregir y que, de hecho, fue ya motivo de alegaciones por parte de una entidad bancaria. La razón es que, cuando se trate de valores, como acciones, participaciones u otros instrumentos financieros, la Xunta quiere que el banco se encargue de liquidarlos antes de traspasarlos a la tesorería gallega.

El Consultivo advierte que estos bienes deben ser gestionados por la Xunta y si quiere venderlos debe existir un expediente previo que justifique por qué conviene ponerlos a la venta y cuál es el procedimiento más adecuado.

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