Organización educativa
La Xunta endurece la regulación de las actividades complementarias en los colegios gallegos para el próximo curso
La Consellería de Educación delimita temática, frecuencia y fechas de esta acciones para evitar alterar el funcionamiento ordinario de las clases

Una clase de Educación Primaria de Vigo. / Marta G. Brea

Las actividades complementarias en las aulas vuelven a ser objeto de una regulación más estricta por parte de la Consellería de Educación. En 2025, en las instrucciones en las que se organizaba el curso que ahora justo acaba de terminar, la Xunta introdujo el concepto de «neutralidad ideológica» y se obligaba a los colegios e institutos a informar a la Inspección Educativa de charlas, excursiones y otras acciones no programadas. Ahora, en las nuevas instrucciones que regirán a partir de septiembre en las aulas, se restringe la realización de las actividades complementarias en temática, frecuencia y fechas. El objetivo es poner orden en la programación que hacen los centros y dejar claro que estas actividades no pueden suponer una alteración significativa del funcionamiento ordinario de las clases «ni la sustitución sistemática» de las tareas regulares de las aulas. Que no se «resienta» la labor docente.
Lo que en las instrucciones del pasado año eran un párrafo, en las nuevas —publicadas ayer en el Diario Oficial de Galicia— se ha convertido en una hoja y media. Lo primero que se deja claro, para cerrar el abanico de posibilidades de las actividades complementarias, es que todas ellas «tienen que guardar relación directa con los objetivos, competencias y contenidos de las distintas áreas, asignaturas o ámbitos».
En este sentido, se manda un mensaje a diputaciones, concellos y otras organizaciones ajenas a la enseñanza. Si estas entidades quieren organizar una actividad sobrevenida —es decir, que no estaba programada en el plan anual del centro—, obligatoriamente tendrán que responder a «criterios de pertinencia pedagógica» y estar vinculada a la programación didáctica del alumno. «En consecuencia, no procederá la participación en actividades que carezcan de una justificación educativa suficiente», se expone en la resolución de la Consellería de Educación, que afecta a las etapas de Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato del curso 2026/27.
Con carácter general y para no alterar las clases, las actividades se tendrán que distribuir en «equilibrio y armonía» a lo largo del año académico, evitando su concentración en determinados períodos, especialmente en los coincidentes con las evaluaciones o con los finales de trimestre, la participación reiterada de los mismos grupos o de determinados niveles educativos y la programación continuada de actividades en los mismos días de la semana.
La frecuencia de las mismas también se delimita. Así, las acciones desarrolladas en el propio centro en horario lectivo, como pueden ser charlas, talleres o intervenciones puntuales, deberán organizarse con la menor alteración posible del horario lectivo habitual y no se deberá programar más de una actividad de estas características por semana para un mismo grupo; las que supongan la salida del centro deben repartirse a lo largo del curso sin superar, con carácter general, tres salidas por grupo por trimestre; y cada grupo podrá participar, como máximo, en una actividad complementaria sobrevenida por trimestre.
Las nuevas instrucciones también quieren evitar que estas actividades interfieran con las pruebas de evaluación de diagnóstico. De esta forma, los centros no podrán programarlas para el alumnado de cuarto curso de Primaria y de segundo de ESO durante los periodos en que se convoquen estas pruebas para conocer el rendimiento y la calidad del sistema educativo.
Otra de las novedades, que no guarda relación con las actividades complementarias, es la introducción en las aulas de formación específica en emergencias y protección civil.
Para ello, el plan de acción tutorial (PAT), que es un documento que detalla las acciones de los tutores y centros educativos para guiar y orientar al alumnado en su desarrollo integral, incorporará actuaciones específicas dirigidas a la formación del alumnado de la ESO en materia de prevención y respuesta ante emergencias de protección civil. «Esta formación, de carácter obligatorio, se desarrollará en la sesión de tutoría con una carga lectiva mínima de cuatro horas anuales en cada uno de los cursos de la ESO», se recoge en las instrucciones.
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