Salud
Un derecho que existe pero casi no se usa: solo 140 mujeres en Galicia se han acogido a la baja menstrual desde 2023
Las beneficiadas en España apenas superaban las 3.000 en 2025, frente a las 60.000 estimadas por el Gobierno central, tal y como señala la investigadora Lidia De La Iglesia Aza de la USC

Una mujer comprando productos de higiene íntima. / Carlos Montañés
El 1 de junio de 2023 será recordado como una jornada histórica en la consecución de los derechos de las mujeres: España se convirtió ese día en el primer país de Europa en reconocer por ley la baja menstrual. Pero en este tiempo, solo 140 pacientes en Galicia han utilizado ese derecho, según datos facilitados por el Sergas a este medio. En total, constan 162 procesos de alta entre 2023 y 2025, con una media de 13 días por baja. Las cifras ilustran la brecha entre el alcance potencial de esta medida y su uso real: el Gobierno estimó que unas 60.000 personas en toda España podrían acogerse a ella, pero a nivel nacional, en mayo de 2025 solo 3.059 mujeres habían accedido a la prestación.
El contexto lo aporta el artículo académico Baja menstrual en España, publicado recientemente por la investigadora del área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidade de Santiago de Compostela (USC) Lidia de la Iglesia Aza en el Comparative Labor Law & Policy Journal. En el texto, precisamente, De la Iglesia advierte de que el permiso no se está usando como sería necesario, algo que los datos gallegos confirman.
En todo caso, si bien es modesta, la tendencia en la comunidad es ascendente. En 2023, el primer año, 32 mujeres causaron baja con una duración media de 36 días. En 2024 fueron 48, con una media de 16. Y en 2025, ya 60 personas lo solicitaron, aunque la media bajó a 9 días. Pontevedra y A Coruña concentran la mayoría de los procesos; Lugo, con apenas un alta registrada por año, queda muy por detrás.
Todas esas bajas fueron tramitadas bajo los requisitos establecidos por la legislación, que no ampara cualquier regla dolorosa. El permiso es específico para la menstruación incapacitante secundaria: la que tiene detrás una patología diagnosticada, como endometriosis, miomas uterinos, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales u ovarios poliquísticos. A diferencia de una baja ordinaria, no hace falta haber cotizado 180 días previamente, la Seguridad Social paga desde el primer día y cada ciclo se trata como una situación nueva. La norma incluye expresamente a los hombres trans con capacidad gestacional.
Y aunque sí fue pionera en Europa, España no fue el primer país en llegar aquí. Japón reconoce este tipo de permiso desde 1947, e Indonesia, Corea del Sur, Taiwán, Zambia, varias provincias de China e India, México o Argentina también contemplan fórmulas similares, tal y como señala la autora. Pero en muchos casos no son remuneradas o tienen un tope de días. Y el uso tampoco es mucho mayor: en Japón, una encuesta oficial situaba su uso por debajo del 0,9% entre trabajadoras de centros que contaban con esta posibilidad. La diferencia española, según De la Iglesia, es que la norma no busca proteger la fertilidad ni responde a criterios higiénicos, sino que parte del bienestar y la salud laboral.
Aun así, no ha estado libre de debate. Se le reprocha que exija diagnóstico previo, dejando fuera a quienes padecen dolor intenso sin patología identificada, o que no cubra sangrados muy abundantes que no pueden manejarse con productos convencionales. Incluso se plantea si, en vez de reducir el estigma, el permiso podría alimentarlo y convertirse en un argumento para no contratar a mujeres. La entonces vicepresidenta Nadia Calviño lo dijo en voz alta, pese a formar parte del gobierno que firmó la norma, recuerda De la Iglesia.
Lo que no se puede negar es que los datos apuntan a que el permiso no se está utilizando en la medida en que su potencial lo permitiría, lo que abre el interrogante sobre si las barreras son médicas, sociales, o simplemente de desconocimiento.
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