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El registro único dejó 3.829 pisos turísticos gallegos fuera de las plataformas antes de ser anulado por el Supremo

La oferta de viviendas turísticas anunciadas en Galicia ya había experimentado un descenso del 22,6% antes de la anulación del registro estatal.

Turistas a punto de entrar en un piso turístico en Santiago.

Turistas a punto de entrar en un piso turístico en Santiago. / Xoan Álvarez

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El registro único de alquileres de corta duración que acaba de tumbar el Tribunal Supremo tuvo un impacto directo en Galicia antes de quedar anulado. La medida obligaba a los pisos turísticos y a los alquileres de temporada a obtener un número estatal de registro para poder anunciarse en plataformas como Airbnb, Booking o Idealista. Sin ese código, el anuncio debía ser retirado. El Supremo ha declarado nulo ese registro estatal al considerar que se superponía a los registros autonómicos, aunque mantiene la ventanilla única digital y la obligación de las plataformas de transmitir datos a la Administración.

En Galicia, el dato más actualizado comunicado por el Ministerio de Vivienda antes de la sentencia eleva a 3.829 los anuncios de inmuebles turísticos o de temporada que las plataformas debían retirar por no haber obtenido el número de registro de alquiler de corta duración. Son viviendas que habían solicitado el código, pero cuya petición fue rechazada porque, según el Ministerio, no cumplían los requisitos exigidos. Galicia era entonces la sexta comunidad con más registros denegados, por detrás de Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias, Cataluña y Madrid.

A escala estatal, el sistema había recibido 412.253 solicitudes, de las que el 78% correspondían a alquiler turístico y el 22% a alquiler de temporada.

Cifras dispares

La otra consecuencia visible fue la reducción de la oferta anunciada en internet. Según la última estadística experimental del INE publicada en febrero, en noviembre de 2025 había 15.236 viviendas turísticas anunciadas en Galicia, un 22,6% menos que un año antes. Las plazas también bajaron con fuerza: pasaron de 104.386 a 80.227, un descenso del 23,14%.

Ese dato no significa que Galicia tenga solo 15.236 pisos turísticos registrados. La fotografía autonómica es mucho más amplia. El Rexistro de Empresas e Actividades Turísticas de Galicia contabilizaba en mayo de 2026 27.759 viviendas de uso turístico, dentro de un total de 32.218 alojamientos turísticos. Es decir, las VUT representan ya el 86,2% de toda la oferta de alojamientos de la comunidad y concentran el 48,7% de las plazas turísticas.

La diferencia entre ambos datos es importante para explicar el efecto del registro: una cosa son las viviendas inscritas en la Xunta y otra las que aparecen activamente anunciadas en las grandes plataformas rastreadas por el INE. El registro único estatal actuó precisamente sobre ese segundo escaparate: no eliminaba la inscripción autonómica, pero sí podía impedir que el piso se comercializase online si no obtenía el código estatal.

El fenómeno tiene una especial incidencia en la provincia de Pontevedra, que concentra el mayor peso del mercado gallego: el 44,1% de las viviendas de uso turístico y el 44,2% de sus plazas. Por municipios, Sanxenxo reúne el 11,4% de todas las plazas gallegas en VUT y Vigo el 6,3%, por delante de A Coruña, O Grove, Foz, Cangas, Santiago o Vilagarcía.

Presión sobre la Xunta y los concellos

La anulación del registro único cambia ahora el tablero. Para los propietarios gallegos, desaparece la capa estatal que se añadía a la inscripción autonómica y que había provocado denegaciones, recursos y quejas por duplicidad administrativa. Para la Xunta y los concellos, en cambio, aumenta la presión: el Supremo deja claro que el control del cumplimiento de la normativa turística y urbanística queda en manos de las administraciones competentes, mientras las plataformas seguirán obligadas a compartir datos a través de la ventanilla digital.

En la práctica, la sentencia no legaliza los pisos irregulares ni borra las obligaciones autonómicas o municipales. Lo que hace es tumbar el registro estatal que impedía anunciarse en Airbnb o Booking sin un código único. Galicia mantiene su propio registro turístico, pero el fallo obliga a que cualquier depuración futura de la oferta descanse sobre la inspección autonómica y municipal, no sobre una matrícula estatal.

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