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La Xunta recurre la sentencia del Tribunal Supremo que le obliga a indemnizar a la familia de un menor acosado en Negreira

El TSXG condenó a la administración autonómica a pagar 9.000 euros por la negligencia ante un caso de acoso escolar

El Gobierno gallego apela al fallo porque «consideró que no existía acoso»

Un menor víctima de acoso escolar.

Un menor víctima de acoso escolar. / ECG

Santiago

Hace más de un año, una familia de Negreira (A Coruña) denunció a la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) por los daños psicológicos y morales que sufrió su hijo como víctima de bullying en el centro educativo en el que estudiaba. En enero de 2026, una sentencia del TSXG condenaba a la Xunta a indemnizar a la familia con 9.000 euros ante la inacción del departamento competente.

Ahora la Xunta ha decidido recurrir mediante un recurso de casación esa misma sentencia, según denuncia abogado de la familia, Cristóbal Dobarro. El Ejecutivo gallego no pone en duda los hechos probados de la sentencia, sino que se basa en motivos meramente formales. Aunque reconoce la existencia burlas y agresiones físicas por parte de los compañeros de clase a la víctima, el protocolo tramitado concluye que «no se detecta indicios de acoso escolar y, por lo tanto, no propone el inicio de un procedimiento corrector a la dirección del centro», según el comunicado remitido por el abogado de la familia.

«Lo que me preocupa es que la motivación de la Xunta son cuestiones formales, cuando no pone en duda la existencia de bullying», explica Cristóbal Dobarro a EL CORREO GALLEGO. Además, el menor tampoco recibió evaluación psicológica ni asistencia por parte de la persona designada por el centro educativo como responsable de apoyo y atención a la víctima, pues no consta en el expediente administrativo, como tampoco que alguien «cumpliera mínimo con sus funciones».

La sentencia del alto tribunal gallego concluyó que «las medidas adoptadas por el centro no constituyeron una respuesta completa, suficientemente eficaz para contestar a la situación creada» y que se entiende que hubo «un más que plausible déficit en la actuación de la Administración educativa a la hora de responder a la situación». Es decir, las medidas que tomó el colegio no bastaron para solucionarlo, afectando emocionalmente al menor y obligando a sus padres a cambiarlo de instituto.

Tras el recurso presentado por la Administración autonómica, «se obliga a la familia a asumir un recurso de casación, con todo lo que ello conlleva, y eso no es éticamente correcto por parte de la Xunta de Galicia si quiere presumir de ser referente en la lucha contra el acoso escolar», indica Dobarro.

Diagnosticado con estrés postraumático

Durante varios años, la víctima sufrió insultos, burlas y agresiones físicas por parte de sus compañeros en un instituto público de Negreira. Sin embargo, el centro no activó correctamente el protocolo de acoso escolar, así que, ante tal ineficacia, los padres decidieron recurrir a un abogado. En un informe realizado sobre el caso por una psicóloga forense se indicaba que existían «indicios de maltrato por negligencia educativa», ya que los responsables escolares no aseguraron el bienestar del menor. 

Ante la postura adoptada por el centro, los padres del menor acudieron a la Inspección educativa, así como a la propia Consellería de Educación, «sin encontrar respuesta» para amparar a su hijo. Finalmente, decidieron interponer un recurso contencioso-administrativo ante el TSXG y mismo reclamaron una cuantiosa indemnización por las secuelas sufridas por el adolescente que, según señaló Cristóbal Dobarro anteriormente, fue diagnosticado de trastorno de estrés postraumático por el acoso escolar vivido.

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