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Control animal

El TSXG deniega otro intento de la Xunta para autorizar la caza del lobo

La Xunta había recurrido un auto previo que impedía realizar batidas en los municipios de Cerdedo-Cotobade, Curtis y Ferrol

Un lobo ibérico en un monte del norte de España

Un lobo ibérico en un monte del norte de España / EFE

X. A. T.

Santiago

La Xunta seguirá sin poder autorizar la caza del lobos. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado a la Consellería de Medio Ambiente la autorización para realizar batidas de control en el ámbito de los ayuntamientos de Cerdedo-Cotobade, Curtis y Ferrol, dando la razón a un auto previo que impedía esta intervención.

El TSXG concluye que no se ha demostrado un «cambio de circunstancias» que justifique la modificación de las medidas cautelares ya adoptadas, pues entiende que los argumentos presentados sobre un incremento de ataques de lobos «no están respaldados por pruebas técnicas suficientes». De esta forma, desestima la solicitud de contracautela presentada por Medio Ambiente.

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG destaca que las batidas de control solicitadas por la Xunta tendrían «evidentes consecuencias letales para los ejemplares de la especie de cuya conservación se trata (lobo), omitiendo el análisis previo que el propio plan de gestión del lobo obliga a realizar».

A ello, añade que «no se aporta ninguna referencia técnica contrastada de un incremento de densidad poblacional que determine un verdadero cambio de circunstancias respecto a lo valorado en el auto firme de suspensión cautelar».

En la resolución, los magistrados subrayan que la extracción solicitada implicaría «la muerte de ejemplares en un número indeterminado, que no se concreta, por lo que no cabe descartar que se pudiera producir un grave daño al ecosistema».

Además, recuerdan que el TSXG «no se opone a medidas que no conlleven la extracción, admitiendo la posibilidad de medidas que promuevan la protección de la ganadería y de la integridad de las personas, haciéndola compatible con la conservación de la especie amenazada, en un desarrollo sostenible del ecosistema».

Sin embargo, advierte que «tal y como se solicita la medida contracautelar o modificación del auto, no es aceptable, al no razonarse que tales medidas sean compatibles con la adecuada conservación de la especie, ni tampoco que se hayan agotado todas las medidas preventivas necesarias para evitar o paliar los daños y riesgos alegados».

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