Cada año se producen en Galicia unos 500 atentados contra la autoridad en Galicia
El Código Penal prevé penas de hasta cuatro años de prisión | Sindicatos policiales demandan que su labor sea reconocida como profesión de riesgo

Tres agentes de la Policía Nacional en Santiago. | Antonio Hernández
REDACCIÓN
Galicia registra de forma sostenida en torno a medio millar de infracciones penales por atentado contra la autoridad cada año, según los datos del Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior. En el periodo 2021-2024, la comunidad se ha movido en una horquilla estable, con 480 casos en 2021, 563 en 2022, 520 en 2023 y 551 en 2024. La media anual del cuatrienio se sitúa en 528 infracciones, una cifra alineada con el patrón general del Estado, donde este tipo de delitos crece de forma moderada pero constante.
En los nueve primeros meses de 2025 se contabilizaron en Galicia 407 atentados contra la autoridad, es decir, contra agentes o funcionarios públicos. Proyectado al conjunto del año, el dato apunta a un cierre similar al de ejercicios anteriores, consolidando a la comunidad en una posición intermedia dentro del mapa autonómico. Muy lejos de las comunidades con mayor volumen absoluto, como Madrid, Andalucía o Cataluña, pero también claramente por encima de territorios con menor incidencia como Cantabria, Navarra o La Rioja.
En el conjunto de España, informa Efe, en los últimos cinco años el Ministerio del Interior ha contabilizado más de 78.400 infracciones penales por atentado contra la autoridad en todo el país, la mayoría de ellas por agresiones a agentes de las fuerzas de seguridad. La estadística estatal refleja un aumento del 9,6% entre 2021 y 2024, al pasar de 15.397 infracciones a 16.878.
Estos delitos están tipificados en el Código Penal, concretamente en los artículos 550 a 554. El artículo 550 establece que «son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas».
El artículo 551 fija las penas y señala que «los atentados comprendidos en el artículo anterior serán castigados con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de uno a tres años en los demás casos».
Estos datos llegan en un contexto en el que sindicatos policiales y asociaciones profesionales de guardias civiles vienen demandando el reconocimiento de su labor como una profesión de riesgo. Según denuncia la asociación Jucil, «la Guardia Civil sufre una media de cinco ataques diarios en España», una reivindicación que ha sido trasladada en distintas ocasiones al Ministerio del Interior y a las instituciones europeas sin éxito hasta el momento.
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