Las boticas podrán dispensar fármacos urgentes a pacientes incluso sin receta

Sanidade y los colegios farmacéuticos rubrican un convenio para renovar prescripciones «no demorables» | Esta vía excepcional permite ahorrar «miles» de citas no programadas

El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, firma con los colegios de farmacia un convenio para establecer un sistema de renovación urgente de medicamentos.

El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, firma con los colegios de farmacia un convenio para establecer un sistema de renovación urgente de medicamentos. / XUNTA

E.P.

Santiago

Cada año, los facultativos de los centros de salud del Sergas tienen que hacer sitio en sus agendas para centenares de pacientes que solo acuden a ellos para renovar los medicamentos que tienen recetados. Según la Consellería de Sanidade, solo en 2024 sus servicios de atención primaria realizaron 3 millones de consultas con ese objetivo y alrededor de una de cada diez, un total de 315.000, fueron citas forzadas, es decir, ni siquiera estaban programadas. Con la medida anunciada este martes por el departamento que dirige Antonio Gómez Caamaño, la Xunta espera evitarles a sus especialistas de medicina familiar y comunitaria «miles de citas» y, de paso, asegurar que quienes toman medicaciones de las que no pueden prescindir bajo el riesgo de «efectos no deseables» para su salud no tengan que pausar su terapia.

Son dos de los efectos del convenio de colaboración que la Xunta describe como «pionero» y que el titular de Sanidade suscribió esta mañana con los representantes de los cuatro colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia. El acuerdo facilitará a partir del próximo lunes la renovación de recetas de medicamentos «no demorables» en las boticas. Con esta fórmula, explican desde la Consellería de Sanidade, se pretende «resolver con agilidad situaciones urgentes cuando la persona que acude a la farmacia no dispone de medicación para las 72 horas siguientes y eso pueda provocar efectos no deseados para su salud». En ese sentido, Sanidade es taxativa: «solo para los casos en que suspender el tratamiento suponga un alto riesgo para el paciente».

Terapias antidiabéticas o antiepilépticas, entre los fármacos que visará un médico por teléfono

Entre esos fármacos no aplazables se incluirían ciertos medicamentos para terapia antidiabética, terapia antiepiléptica y anticonvulsionante «solo» para el tratamiento de epilepsia, terapia antipsicótica en la enfermedad psiquiátrica y demencia, terapia inmunosupresora del paciente trasplantado y terapia cardiovascular.

Esta iniciativa establece un canal de comunicación directa entre los pacientes, el personal farmacéutico comunitario y los profesionales médicos técnicos de salud para poder atender estas demandas.

En aquellos casos en los que una persona acuda a una oficina de farmacia solicitando medicación de modo urgente, en primer lugar, el farmacéutico o farmacéutica deberán comprobar si el paciente dispone de recetas para dispensar en relación con la medicación crónica solicitada.

En caso de que no estén disponibles las recetas, y para efectos de comprobar para cuantos días dispone de medicación, el personal farmacéutico verificará la fecha de la última dispensación y su pauta en la hoja de medicación activa, preguntando al usuario sobre la cantidad y para cantos días dispone aún de medicación en su domicilio. La urgencia se considerará si no le quedan dosis para más de 72 horas, aunque se podrá valorar individualmente cada supuesto.

Comprobada la urgencia de la medicación solicitada, el personal farmacéutico verificará que esta forma parte del listado de medicamentos no demorables incluidos en el procedimiento. Si no formase parte de este listado, el personal farmacéutico informará al usuario de que deberá solicitar cita con su médico de familia para la renovación de su prescripción y sobre la necesidad de pedir cita para la renovación de recetas con la debida antelación para evitar llegar a situaciones de urgencia.

Si se cumplen las premisas de urgencia y medicamentos no demorables, el personal farmacéutico se pondrá en contacto con el Sergas en un número de teléfono habilitado exclusivamente para este procedimiento, en horario de 9.00 a 21.00 horas, de lunes a viernes. Fuera de este horario no se podrá hacer uso de esta vía excepcional, por lo que, para resolver la demanda de renovación de su prescripción, el usuario o usuaria tendrán que recurrir a los canales comunes de atención sanitaria.

La llamada será atendida por un profesional médico técnico de salud, que deberá verificar, asimismo, que se cumplan las premisas para la renovación de la medicación no demorable. En caso de que el personal médico técnico de salud compruebe que no se produce la situación de urgencia o la medicación solicitada no forma parte del listado definido, comunicará al personal farmacéutico de la oficina de farmacia comunitaria que el paciente debe solicitar cita con su médico o médica de familia para la renovación de la prescripción de la medicación solicitada.

En caso de que sí se cumplan las premisas definidas, el personal médico técnico de salud asignará en su agenda una cita telefónica para la realización de la renovación de la prescripción del paciente.

Para agilizar el procedimiento y evitar las demoras, el personal médico técnico de salud deberá contactar con el paciente con la mayor brevedad posible, y realizará la renovación de la prescripción en la cantidad mínima suficiente para cubrir la situación de urgencia (habitualmente un envase).

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