El Gobierno estudia una excepción al "can de palleiro" en la Ley de Bienestar Animal

Exhibición de un can de palleiro en la Semana Verde de Silleda. | // LALINPRESS / e. ocampo

“Con la Ley de bienestar animal, la recuperación de la raza can de palleiro está abocada al fracaso”, explica el presidente del Club de esta raza canina autóctona de Galicia y en peligro de extinción, Juan Carlos Puente Hermida. La nueva norma fija que solo los profesionales pueden criar animales, lo que echaría por tierra gran parte del trabajo que esta asociación sin ánimo de lucro realiza desde 2002 y que tenía registrados 2.841 ejemplares de can de palleiro en dos décadas.
¿Por qué? Pues porque la mayoría de los propietarios son pequeños criadores particulares, que preservan la variabilidad genética de estos canes con camadas esporádicas y que ahora, para regularizar la cría, tendrían que darse de alta en el registro de núcleos zoológicos o como criadores profesionales –aún no siéndolo– y diseñar instalaciones para este fin. O eso, o la restricción de reproducirse libremente que fija la ley en marcha, obligaría a esterilizar a un gran porcentaje de estos perros, explica Juan Carlos Puente.
Tras remitir alegaciones –sin éxito aparente– al articulado de la ley estatal “que se olvidó de las razas autóctonas”, la entidad se dirigió a la Xunta. Trasladaron a la directora xeral de Patrimonio Natural, Belén do Campo, en la asamblea celebrada el pasado fin de semana, sus preocupaciones por las posibles implicaciones de la ley en el futuro de esta raza autóctona.
Pues bien, tras el primer acercamiento mantenido entre la responsable autonómica –a través de una videoconferencia– con técnicos estatales de la Dirección General de Derechos de los Animales para abordar las dudas de la norma, estos “mostraron su disposición a fijar excepciones a determinados deberes en el caso de las razas autóctonas”, reconocen desde la Xunta. De hecho, “indicaron que ya están manteniendo contactos a nivel nacional con este sector, al tiempo que se comprometieron a convocar nuevas reuniones de trabajo para aclarar y resolver las dudas expuestas desde la Xunta”. Galicia habría trasmitido la preocupación porque en los últimos meses se registra una tendencia descendiente en cuanto a número de camadas y de nacimientos de can de palleiro, que temen que se agrave por la nueva ley.
La directora xeral aprovechó esa primera toma de contacto para insistir en la necesidad de que todas aquelas cuestiones de la Ley de Bienestar Animal que el Estado pretende dejar al criterio de las comunidades queden expresamente recogidas en el texto de la propia norma estatal y evitar así inseguridad jurídica. Asimismo, Galicia reclama al Gobierno central que revise y modifique lo antes posible el régimen sancionador recogido para “unificarlo” con medidas como la ley gallega, que data de 2017.
Por citar ejemplos, una sanción por tener un animal de compañía sin microchip es una infracción grave, perseguida con 10.000 euros en la Ley de Bienestar animal estatal, mientras que, por el mismo motivo, la legislación gallega establece una multa de 500 euros. El marco normativo que regula en España la tenencia de animales potencialmente peligrosos –y que aún no fue derogado– considera “muy grave” ser propietario de un perro de este tipo sin contar con la preceptiva licencia, fijando una sanción económica de 2.400 euros. Por ello, Do Campo insistió en la importancia de “armonizar” el régimen sancionador al resto de la normativa estatal y autonómica vigente, modulando los importes de las infracciones para que sean “acordes y proporcionales” .
La Ley de Bienestar Animal estatal que entró en vigor el 29 de septiembre está suscitando dudas, quejas y consultas por su alcance y su aplicación práctica. ¿Qué norma prevalece en este momento al coexistir la gallega y la estatal? Medio Ambiente precisa que cuando el tipo infractor aparece recogido en ambas normativas, prevalece la ley del Estado por tratarse de la norma básica y más exigente.
La falta de concreción de los reptiles incluidos en la lista de especies exóticas prohibidas o la limitación de los enterramientos elevan las dudas
Seguro obligatorio.
Aunque se anunció que sería imprescindible contar con un seguro de responsabilidad civil de mascotas desde la entrada en vigor de la ley (el 29 de septiembre), el propio Ministerio emitió una instrucción que posponía este requisito a la entrada en vigor del reglamento, aún en elaboración.
Pulpo, ¿animal de compañía?
Aunque la pregunta remita a un conocido eslogan, no es muy diferente a las que reciben los técnicos de Medio Ambiente de la Xunta en los dos últimos meses. La normativa no deja claro –critican particulares– cuáles son las especies exóticas concretas de reptiles que se incluyen en el listado y que no podrán ser animales “domésticos”. ¿Qué hago con mi iguana ahora?, se preguntan muchos que no saben si la citada especie está (o no) incluida. La norma prohíbe tener animales venenosos y reptiles de más de dos kilos –excepto tortugas–. Pero en un año, la iguana puede ganar más de un kilo de peso.
Incinerar... o no.
Si una mascota fallece en el domicilio, habrá que avisar a la administración para dar de baja al animal del registro y decidir qué va a hacer con el cuerpo: si enterrarlo o incinerarlo. En España está prohibido enterrar cualquier animal en sitios no autorizados, pero tampoco todos los tanatorios realizan servicios para mascotas. Otra de las incógnitas que tendrá que resolver la ley.
Eutanasia regulada.
La ley prohíbe expresamente el sacrificio de cualquier animal en los centros de protección públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos si el motivo son cuestiones económicas, sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante, abandono del responsable, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento y problemas de comportamiento. La eutanasia solo estará justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometan la calidad de vida del animal, certificado por un veterinario. La muerte o el sacrificio no autorizado constituyen infracciones muy graves.
Suscríbete para seguir leyendo
- Novos topónimos para os concellos galegos: A Caniza (sen «ñ»), Cangas de Morrazo, O Castro de Caldelas ou Mondariz Balneario (sin guion)
- La Xunta endurece los requisitos de formación a su plantilla para escalar en la carrera profesional
- El bono turístico de la Xunta puede descargarse desde este viernes
- Récord del testamento vital: en 6 meses suman un 30% más que en todo 2024
- El CES censura las «excesivas» sanciones de la Xunta a los menores por el botellón
- ¿Quién es José Ángel Antelo, el gallego de Vox acusado de incitar al odio en Torre Pacheco?
- Salvador Illa: «En momentos de crispación política, si alguien puede romper este círculo vicioso de reproches somos los catalanes y los gallegos»
- Muere el catedrático de la USC Pedro Arias Veira víctima de la ELA