El TC decide esta semana sobre el recurso de Galicia contra el impuesto a las grandes fortunas

El Constitucional lo hará en la misma reunión en la que iniciará las deliberaciones sobre la impugnación presentada por Andalucía

Primer pleno, este año, del Tribunal Constitucional. |   // ALBERTO ORTEGA/E. P.

Primer pleno, este año, del Tribunal Constitucional. | // ALBERTO ORTEGA/E. P. / REDACCIÓN

R. S.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) tiene esta semana entre sus asuntos para primera deliberación el recurso del Gobierno de Andalucía contra uno de los artículos de la ley sobre el impuesto temporal de solidaridad a las grandes fortunas –que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros–, después de que el pasado marzo rechazara suspender el texto de forma cautelar. Y también decidirá si admite a trámite la impugnación presentada por Galicia.

El Ejecutivo andaluz recurrió al considerar que podría suponer una vulneración de la autonomía financiera de las comunidades autónomas y del bloque de la constitucionalidad en materia de tributos cedidos, así como la infracción del derecho de representación política, del principio de lealtad constitucional e institucional y del principio de seguridad jurídica.

En concreto, la Junta de Andalucía acudió al TC porque apreciaba “una vulneración de la autonomía financiera” de la comunidad autónoma porque el gravamen a las grandes fortunas se concibe como un tributo “complementario” al Impuesto sobre el Patrimonio (para contribuyentes con un patrimonio neto superior a los 700.000 euros), que está bonificado al 100% en esta región.

Según informó el órgano de garantías, se ha adherido esta cuestión al orden del día del pleno de mañana como asunto para primera deliberación. Asimismo, también está previsto que los magistrados decidan si admiten a trámite o no los recursos presentados por los gobiernos autonómicos de Galicia y Madrid contra esta misma ley, que tomaron la decisión con posterioridad a la impugnación firmada por Andalucía.

Este nuevo impuesto, que se introdujo para aumentar la recaudación y armonizar la normativa autonómica, se configura como un tributo personal, temporal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, que grava la riqueza de las personas físicas por encima de los 3 millones de euros.

La Xunta alegó vulneración de su autonomía financiera, ya que tiene las competencias sobre el Impuesto de Patrimonio, y del principio de seguridad jurídica, dado que la entrada en vigor de la norma, el pasado día 29 de diciembre, provoca que el pago del tributo se produzca casi de forma simultánea. Y también expuso que se conculca el procedimiento legislativo en el sentido de que el tributo no se incluyó en el texto inicial de la proposición de ley llevada al Congreso, sino que se incorporó posteriormente en el trámite de enmiendas a una norma sobre una materia distinta.

Suscríbete para seguir leyendo