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Más de 233.000 viviendas infraocupadas: una sola persona para cuatro estancias

Este perfil de inmueble supone el 22% de todo el parque inmobiliario gallego | Ourense y Lugo, las provincias más afectadas por el envejecimiento poblacional y el éxodo del rural

Aldea de Barxelas (Ourense) afectada por la despoblación. Iñaki Osorio

El envejecimiento, y la consecuente mortalidad asociada a las edades más elevadas, junto con la despoblación de amplias áreas rurales y la concentración de la población en zonas urbanas provoca también la intensificación de otro fenómeno: el de las viviendas infraocupadas. Son aquellos inmuebles, según la terminología técnica, en los que hay cuatro o más habitaciones por persona. Es decir, la mayoría de las estancias de la casa están vacías, sin nadie que las ocupe. En esta situación se encuentran nada menos que 233.300 viviendas en Galicia, que representan el 22% de todo el parque inmobiliario de la comunidad autónoma.

Este fenómeno va además en aumento y a grandes zancadas, pues en 2010 apenas rebasaban las 205.000, según los datos del Instituto Galego de Estatística (IGE). El envejecimiento poblacional de la comunidad lleva año a año a que se incremente sin freno el número de personas mayores que viven solos. Claro que también influye el tamaño de las familias, en una tendencia a la reducción del número de miembros que enlaza con la baja natalidad.

¿Qué se entiende por vivienda infraocupada? El IGE la considera como tal cuando hay cuatro o más estancias en una casa por residente, definiendo por estancia todos los espacios de un inmueble con superficies superiores a los cuatro metros cuadrados, como las habitaciones, la cocina o el salón. Pero no se incluyen cuartos de baño, terrazas, vestíbulos, despensas, sótanos, desvanes o lavaderos.

La distribución por provincias de estas viviendas infrautilizadas es reflejo también de la despoblación que sufren las provincias de Ourense y Lugo, las más envejecidas y rurales de Galicia. En Ourense, el IGE ha detectado 30.500 inmuebles en esta situación, pero que suponen el 23,8% del parque de viviendas; mientras que en Lugo, las 33.000 casas infraocupadas representan el 25,2%.

Sin embargo, el mayor número absoluto corresponde a la provincia de A Coruña, con 101.600, el 22,6% de su parque inmobiliario. Y en Pontevedra la cifra es de 68.200, solo el 18,8% del total de viviendas de esa provincia.

Por contra, en otros 40.000 pisos no hay una habitación por pareja o por adulto

Esta radiografía contrasta con otro fenómeno en avance en Galicia, que es la dificultad de muchos jóvenes para emanciparse por falta de pisos en los que crear su propio hogar, aunque en este caso también influye la espiral de los precios del alquiler y que la demanda se centra, sobre todo, en ámbitos urbanos.

También en contraposición a las viviendas infrautilizadas, el IGE revele que hay otras 40.000 con sobreocupación, entendidas por tal concepto aquellas que no tienen una habitación por persona adulta o por pareja en la casa. Actualmente hay 15.000 más que en 2010.

La distribución por provincias revela una realidad totalmente opuesta, pues son las de Pontevedra y A Coruña donde más se da esta circunstancia. En Pontevedra se cuentan 19.500 viviendas en esta situación, que suponen el 2% del parque inmobiliario, mientras que en A Coruña son 15.400 (el 1,5%). En Ourense no llegan a las 4.000 (1,2%) y en Lugo superan por poco las 1.400 (0,4%).

La Xunta autoriza la división horizontal en las construcciones en suelo rústico

El Gobierno gallego ha autorizado un cambio notable en las construcciones levantadas sobre suelo rústico. En adelante podrán dividirse en propiedades independientes. Para este cambio no ha sido necesario una reforma legal, sino una decisión avalada ayer por la comisión autonómica consultiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo, que el Ejecutivo circunscribe a la apuesta por la rehabilitación y el patrimonio construido, dando así respuesta a las numerosas consultas recibidas sobre esta cuestión.

Lo que se hace es permitir la posibilidad de constituir un régimen de división horizontal en las edificaciones existentes en el suelo rústico, de forma que se autoriza que las diferentes partes de un inmueble puedan ser propiedades independientes, pero manteniendo siempre la unidad de la finca ya que la división y segregación de parcelas en suelo rústico está prohibida.

Esta decisión resulta especialmente importante para actuaciones promovidas por los ayuntamientos para implantar varias viviendas de protección oficial en una edificación existente en el suelo rústico. Es el caso, por ejemplo, de la posible rehabilitación de las antiguas escuelas unitarias, que actualmente están en desuso, y que se pretende recuperar dotándolas de uso residencial.

Además, también da respuesta a otros supuestos como la venta de una de las plantas de una vivienda ya existente tanto para uso residencial como para la implantación de una actividad económica.

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