La Audiencia Provincial de A Coruña ha revocado, tras estimar un recurso presentado por los afectados, la sentencia que dictó en febrero de 2021 el Juzgado de Instrucción número 4 de A Coruña en la que condenaba a pagar una multa de 180 euros a cada una de las ocho personas que subieron a través de una escalera al balcón de la Casa Cornide, propiedad de los Franco, en septiembre de 2017, durante una protesta.

El juez consideraba a ocho de los “9 de Cornide”, activistas vinculados al BNG, autores de un delito leve de coacciones y absolvía a uno de los acusados al considerar que no se acreditaba que hubiese accedido a la vivienda. Todos situaron la protesta en una “acción simbólica” frente a un “expolio”.

Ahora, la Audiencia decreta la libre absolución de todos e incide en la libertad de expresión y en el carácter simbólico de la actuación. “Orgullosos” de la acción, los “9 de Cornide” a través de su portavoz Elvira Blanco, han trasladado su “satisfacción” por esta decisión judicial que considera que les da razón cuando, en su día, defendieron que la acción fue “un acto de libre expresión frente a la injusticia que supone que los Franco sigan ostentando a propiedad de este bien, que debe ser público”.