La Xunta aclara que el uso residencial colectivo en suelo rústico está permitido cuando se busque la recuperación del patrimonio construido o sea una construcción vinculada a una explotación agropecuaria.

La Consellería de Medio Ambiente, el Colegio de Registradores de la Propiedad y el Colegio de Notarios elaborarán una circular para precisar que este uso resulta admisible mediante la implantación de un régimen de división horizontal de la propiedad que no implique una división del terreno.