Prevista inicialmente para el pasado 22 de octubre de 2021, la vista para determinar qué bienes forman parte del pazo de Meirás se celebrará finalmente los días 30 de junio y 1 de julio de 2022, ocho meses después. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha pospuesto por tercera vez la vista tras estimar una alegación de la Abogacía del Estado (a la que se adhirió la Xunta), que solicitó más tiempo para analizar el informe pericial presentado por los nietos del dictador Francisco Franco.

El juzgado había aceptado ya otras dos solicitudes de aplazamiento, una para dar más tiempo a los peritos de los hermanos Martínez-Bordiu a elaborar el informe sobre los bienes y otra, por coincidir la fecha fijada con un juicio de los abogados del letrado de los Franco.

El aplazamiento de la vista se da a conocer el mismo día que un decreto del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña que desestima un recurso de los Franco contra la admisión de un informe pericial encargado por el Concello de Sada sobre los bienes muebles del pazo de Meirás.

Como avanzó este diario, el documento, elaborado por el historiador Manuel Pérez Lorenzo, uno de los mayores expertos del pazo de Meirás, revela la existencia en As Torres de bienes hasta ahora ignorados de la época de Emilia Pardo Bazán y detalla numerosos elementos de la etapa de la dictadura que, en opinión del perito, quedaron afectos a la Jefatura del Estado y deberían tener también la consideración de bienes inmuebles por destino (que fueron instalados con vocación de permanencia).

Esta pericial complementa la presentada por la Abogacía del Estado, que se limitó a reclamar 133 elementos que considera en su mayor parte inmuebles por incorporación (que no podían retirarse sin provocar un quebranto en el edificio). La pericial de Sada, apoya la demanda del Concello, que exige que permanezcan en el pazo todos los bienes, salvo aquellos que los Franco acrediten que fueron incorporados con posterioridad a la muerte del dictador en 1975.

Los Franco se opusieron a la admisión de este informe y alegaron que fue solicitado y presentado de forma extemporánea. Su reclamación fue recurrida por el Concello de Sada y también por la Abogacía del Estado —que ya anticipó que se adherirá en la vista a la petición del Concello para que permanezcan en Meirás la totalidad de los bienes —. Ambas administraciones alegaron que la presentación del informe no es extemporánea, que su elaboración viene motivada por su oposición al incidente de los Franco y a la vista del resto de dictámenes periciales aportados y que se presentó tan pronto como se dispuso del mismo y con la antelación suficiente para su análisis.

El juzgado desestima la alegación de los Franco y mantiene la diligencia recurrida que, incide, se limita a unir a los autos el informe, sin pronunciarse sobre su admisión, extremo que se resolverá en la vista en el momento de proposición de la prueba. El juzgado tampoco acepta la alegación del Estado contra la admisión de la pericial de los Franco por extemporánea. El letrado de la Administración de Justicia rechaza la petición e incide de nuevo en que la admisión o no de las pruebas de las que intenten valerse las partes se verificará en el acto de la vista.