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El castigo a los desempleados que no sellan el paro

Una oficina de empleo en Galicia. | // CARLOS PARDELLAS

Olvidarse de sellar el paro puede acarrear duras consecuencias como perder la prestación por desempleo durante un periodo de hasta seis meses.Ésta es, de hecho, la principal causa de sanciones entre los desempleados gallegos. La Consellería de Emprego expedientó en 2020 –último ejercicio con datos cerrados– a casi un millar de parados, la práctica totalidad debido a la no renovación de la demanda de empleo. Y eso que durante este año, tras la irrupción de la pandemia en el mes de marzo y la declaración del estado de alarma, se acordó que la renovación se haría de forma automática para evitar desplazamientos a las oficinas de empleo. A pesar de ello, solo en en el primer trimestre se abrieron 915 procedimientos sancionadores, una media de 300 al mes por no cumplir con la obligación de sellar el paro.

Para cobrar el desempleo es necesario acreditar una serie de requisitos que, en algunos casos, hay que mantener durante el periodo que dure la prestación. Una de estas exigencias es la demanda de empleo que se debe renovar cada tres meses. Se entiende que con este trámite se acredita que el trabajador busca empleo activamente. De no hacerlo, el beneficiario se arriesga a dejar de recibir el importe del subsidio.

Si no se sella el paro se considera una infracción leve y se penaliza con la pérdida de un mes prestación. Pero si se repite, entonces la penalización se eleva a tres meses. A la tercera vez, el castigo sería de seis meses sin cobrar el paro y, a partir de la cuarta infracción, se pierde definitivamente el subsidio. Aún así, la Xunta explica que la mayor parte de las veces la sanción es la retirada de la paga durante un mes.

Impacto de la pandemia

El Servicio Público de Emprego terminó entre los meses de enero y marzo de 2020 un total de 915 expedientes por la no renovación de la demanda de empleo. Tal y como aclaran desde la Xunta, son expedientes finalizados en ese periodo, aunque pueden ser procedimientos iniciados en meses anteriores. La Administración autonómica remite una propuesta de sanción al Servicio Público de Empleo del Estado (SEPE) que es quien debe resolver si finalmente castiga o no al desempleado por incumplir sus deberes.

Con el estallido de la pandemia y la declaración del estado de alarma, los parados quedaron eximidos de acudir a las oficinas de empleo. De manera que los 915 expedientes abiertos se corresponden solo con los tres primeros meses del año.

En enero de 2021 se retomó el procedimiento normalizado en las 54 oficinas de empleo de la Xunta. Sin embargo, el Servicio Público de Emprego de Galicia, pese a reactivar en esa fecha la obligación de sellar el paro, articuló un sistema para que todas las personas que no renovaron su demanda en ese periodo “por desconocimiento, olvido u otros motivos” pudiesen justificarlo, de manera que en ese primer semestre no se abrieron procedimientos sancionadores.

En todo caso, desde el 1 de julio del pasado año vuelve a ser requisito imprescindible acudir a las oficinas de empleo a sellar el paro, de lo contrario se inicia el procedimiento sancionador y se arriesgan a perder dinero.

La no renovación de la demanda de emleo es la causa más habitual por la que se inician expedientes sancionadores. De hecho, suele ser en torno al 98 por ciento de los procedimientos que incoa la Consellería de Emprego.

Cursos de formación

Sin embargo, hay otras razones que pueden justificar que un desempleado sea expedientado. Así, por ejemplo, los parados están obligados a participar en acciones de promoción, formación, reconversión profesional y programas de empleo o trabajos de colaboración. Éste fue el caso de 13 parados gallegos en 2020, un año atípico por el parón que la pandemia imprimió a la economía.

La Xunta también abrió expediente sancionador a otros 12 desempleados por no comparecer en las oficinas de empleo por requerimiento del Servicio de Emprego de Galicia.

Otros 18 parados incumplieron sus obligaciones al no facilitar la información necesaria para la recepción de notificaciones, lo cual también es motivo de sanción.

Menos frecuente son los procedimientos contra desempleados por rechazar ofertas de trabajo adecuadas a su perfil. En todo caso, en 2020 la Xunta expedientó a cuatro parados por esta causa.

En total, los expedientes sancionadores abiertos por la Administración autonómica en 2020 suman 962.

El SEPE reconoce, en todo caso, que la campaña de lucha y persecución del fraude de ese año se vio mermada al estar desbordados lo servicios de empleo por la tramitación de ERTEs.

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