Hacienda se propone poner fin a los beneficios fiscales de Galicia en las herencias en vida si se vende ese bien antes de la muerte del donante. Ante la nueva Ley Antifraude cocinada por el departamento que dirige María Jesús Montero, que aún debe pasar por el Senado y ser ratificada en las Cortes, la Xunta ya ha movilizado a sus servicios jurídicos para dar la batalla contra una reforma “ilegal”, que –sostiene– atenta contra el autogobierno y el Derecho Civil autonómico.

Con la reforma que pretende fulminar las ventajas de los pactos sucesorios, exentos desde 2016 por una sentencia del Tribunal Supremo del pago del IRPF, miles de contribuyentes tendrán que rendir cuentas con el fisco cuando hasta ahora la factura tributaria era de cero euros. En los últimos cuatro años, más de 160.000 herederos en la comunidad se beneficiaron de las exenciones en el IRPF decretadas por el Alto Tribunal tras recibir un legado en vida del donante, la práctica totalidad son de padres a hijos.

La hoja de ruta a seguir en los tribunales la marcarán los servicios jurídicos de la Xunta, según confirmó ayer el conselleiro de Facenda, Valeriano Martínez. En el Parlamento, avanzó que se actuará con “firmeza y lealtad institucional” para revertir la intención del Gobierno central de penalizar los pactos sucesorios.

Esta reforma, advirtió, perjudica principalmente a los jóvenes que se benefician de las herencias en vida “para formar una familia o emprender una actividad profesional”. El conselleiro de Facenda cuestionó que Hacienda trate como “defraudadores” a todos los beneficiarios que transmiten los bienes y denunció que atenta contra los principios de igualdad y neutralidad y, además, genera inseguridad jurídica.

¿En qué se traduce la reforma fiscal para un hijo que haya recibido una casa de sus progenitores en vida? Este heredero si vende antes de la muerte del donante, pagará lo mismo en concepto de IRPF que si lo hubiera vendido su padre o su madre y, por tanto, deberá tributar sobre la ganancia generada desde la compra del bien. Un ejemplo basta para ver el impacto: un inmueble adquirido por los padres por 100.000 euros hace años y transmitido por pacto sucesorio por su valor actual (300.000 euros).

Hasta ahora, esa propiedad podía ser transmitida antes de que falleciera el donante computando como valor de adquisición el de 300.000 euros. En consecuencia, si antes de que fallecieran los progenitores se vendía, por ejemplo, por 350.000 euros, la ganancia obtenida y por la que había que tributar en el IRPF era de tan solo de 50.000 euros. Sin embargo, con la modificación legal, la transmisión del inmueble antes del fallecimiento de los padres supondrá que el valor de adquisición sea de 100.000 euros, un valor que aumentará considerablemente la ganancia patrimonial por la que tendrá que tributará este contribuyente. En este ejemplo, la ganancia sería de 250.000 euros por los que habría que rendir cuentas con el fisco (350.000 euros de la venta menos 100.000 euros de la compra de sus padres).

Hace apenas una semana el portavoz parlamentario del PP gallego, Pedro Puy, amagaba con la intención de la Xunta de llevar al Tribunal Constitucional el hachazo de Hacienda a las herencias en vida, un incentivo que además de en Galicia, también se aplica en Cataluña y Baleares. Entonces, Puy confiaba en que no hubiera que “llegar al recurso” porque hay personas del mundo jurídico “de distintas ideologías” que ya manifestaron su rechazo a la reforma.