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Cien personas autorizan a otras para hacer sus trámites ante la Administración

Imagen de archivo de la sede de la Xunta en Santiago. Xoán Álvarez

En apenas un mes desde que está operativo, el Rexistro Electrónico Xeral de Apoderamentos de la Xunta supera ya el centenar de inscripciones. En concreto, desde que la Xunta anunció que cualquier ciudadano de la comunidad podía ya, desde su sede electrónica, autorizar o designar a otra persona “para realizar en su nombre los trámites ante las administraciones”, el pasado 25 de abril, y hasta el 1 de este mes, la Consellería de Vicepresidencia ha contabilizado en total 101 inscripciones. La creación de este registro pretendía, según la Xunta, “simplificar” el trámite de la designación y además posibilita gestionar la autorización de una forma gratuita.

El Rexistro Electrónico permite tres tipos de apoderamientos gratis | La mayoría facultan a otra persona a representarlos ante cualquier gobierno y para cualquier actuación

La mayoría de las inscripciones, explican desde el Ejecutivo autonómico, son apoderamientos generales para que una persona pueda actuar en nombre de otra ante cualquier Administración pública del Estado y para cualquier actuación. En total, han sido 44 las altas en las que el poderdante ha optado por escoger delegar las capacidades de representación más amplias. Según explica la Xunta en el documento de solicitud, entre los trámites que se incluyen estaría, por ejemplo, el realizar el abono de pagos a la Hacienda pública, cobrar cualquier cantidad líquida de la Administración, formular solicitudes de inicio de procedimientos administrativos o enmendarlas o presentar declaraciones responsables, entre muchos otros.

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En un total de 24 casos los apoderamientos inscritos ya en el Rexistro Electrónico Xeral de la Xunta permiten que una persona pueda actuar en nombre de otra en cualquier actuación, pero solo ante la Administración xeral de la Xunta o ante una entidad instrumental concreta. Mucho más limitados serían los restantes, con 33 inscripciones entre finales de abril y todo el mes de mayo. Se trata, explican desde Vicepresidencia, de poderes que posibilitan a la persona designada para realizar algún trámite concreto que además deberá especificarse en el documento y para actuaciones solo ante la Xunta.

Quien otorga el poder puede escoger dónde hacerlo, es decir, optar por la vía telemática o por la presencial. A finales de abril estaba previsto que el servicio comenzase a estar disponible en las oficinas de registro de la Xunta de las siete ciudades y con la pretensión de extenderlo “progresivamente” al resto de oficinas de la red autonómica.

No obstante, los gallegos prefieren aprovechar la vía telemática. Desde la Xunta así lo confirman: en el período analizado, la inscripción de forma presencial ha sido “muy moderada”, con solo cinco casos. Las dos vías sirven para inscribirse en el Rexistro de Apoderamentos. Cuando se trata de dos personas físicas, la Administración explica que la inscripción es automática, sea cual sea la modalidad, y solo implica que una y otra parte firmen la solicitud. En cambio, si se trata de una persona jurídica, implica documentación, como pueden ser estatutos, escritura de constitución u otra, que debe ser analizada por el órgano gestor, que comprueba también si los poderes son “suficientes”. Una vez examinada y comprobada su corrección, se procede a la inscripción en el Rexistro, que busca reducir costes económicos y de tiempo.

La vigencia máxima de los poderes es de cinco años, aunque se puede indicar un período más limitado en el tiempo, y pueden ser revocados “en cualquier momento”, tanto por la persona que otorga el poder como por la persona apoderada.

El Rexistro Electrónico fue impulsado para atender “una demanda social que se incrementó con la extensión del uso de la administración electrónica” por efecto del COVID. Así “facilitará el acceso a este modelo a personas que no están habituadas al uso de tecnología digital” o que “no puedan hacerlo”.

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