Son cada vez más las parejas que deciden dar el sí quiero ante notario. La mayoría son personas de mediana edad que quieren una celebración rápida, alejada del protocolo de chaqué y velo que suele rodear los eventos religiosos e incluso otro tipo de actos civiles, y que tratan de esquivar los largos trámites y burocracia que exigen. Desde verano de 2015, año en el que entró en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria, un total de 1.228 parejas de la comunidad gallega optaron por esta modalidad para contraer matrimonio, según datos del Colegio de Notarios de Galicia. En el conjunto del país fueron casi 41.500. Se trata de una opción cada vez más demandada por la sencillez y rapidez en la tramitación. Esta tendencia al alza solo se frenó en 2020 como consecuencia de la paralización temporal de toda actividad no esencial por el COVID. Con todo, las bodas celebradas por los fedatarios públicos en Galicia el año pasado (248) casi duplica las registradas en 2016 (142), primer ejercicio completo desde la aprobación de la normativa que permite a los notarios oficiar un casamiento. Si hace cinco años las bodas ante notario solo representaban un 1,5% del total, actualmente ya son casi el 4%.

Hasta ahora el expediente matrimonial necesario para poder casarse debía tramitarse en el Registro Civil, lo que retrasaba el enlace de dos a tres meses, aunque en algunos casos se alargaba hasta medio año. Pero esas demoras en algunos registros civiles colapsados dejarán pronto de ser un obstáculo para obtener la documentación necesaria para formalizar una pareja. A partir del viernes 30 abril, los notarios estarán habilitados para tramitar ese expediente, imprescindible para contraer matrimonio y que supone, entre otras cosas, que los fedatarios públicos están habilitados para fiscalizar si el enlace esconde, por ejemplo, un matrimonio de conveniencia.

Este trámite consiste en comprobar que la pareja reúne los requisitos de capacidad necesarios para contraer matrimonio (edad, inexistencia de un vínculo matrimonial previo), así como la carencia de impedimentos como parentesco, y en su caso la dispensa, o la inexistencia de otros obstáculos como el matrimonio con finalidades fraudulentas para la obtención de la nacionalidad, el permiso de trabajo o pensiones públicas. Una vez obtenido el expediente, la pareja puede casarse en la misma notaría, en un juzgado, un ayuntamiento o celebrar una ceremonia religiosa.

Hugo Barreiro

Una de las ventajas de la nueva regulación es la celeridad, ya que los registros civiles tardan más tiempo en su tramitación, además de la seguridad jurídica que incorporan al tratarse de la fe pública. Igualmente, la cercanía con los contrayentes, ya que en España existen casi 3.000 notarios distribuidos por todo el territorio nacional.

El decano do Colexio Notarial de Galicia, José María Graíño Ordóñez, destaca que con la nueva disposición legal “se completan todos los trámites necesarios para la celebración de un matrimonio ante notario”. Graíño apunta que este aumento de competencias no solo se traducirá en una mayor “rapidez, eficacia y garantía en su tramitación”, sino que además el “contacto directo y próximo de los contrayentes con el notario les permite recibir asesoramiento sobre el estatuto personal, el contenido de los derechos y obligaciones que asumen al casarse y, sobre todo, la posibilidad de resolver cuestiones de gran trascendencia para el futuro de la pareja”.

ENTREVISTA: Jaime Romero, miembro de la directiva del Colegio de Notarios de Galicia

- ¿Cuál es el perfil de las parejas que se casan ante notario?

- Normalmente son personas de mediana edad, que ya tienen una relación de convivencia estable y que buscan la discreción de nuestros despachos. Otro motivo puede ser la facilidad para encontrar un oficiante que pueda celebrar la boda en una fecha que se adecúe a las necesidades de los contrayentes, dado que somos un colectivo profesional numeroso con presencia en prácticamente todas las poblaciones gallegas.

- ¿A qué atribuye la tendencia al alza de este tipo de bodas?

El alza de las bodas se debe a una mayor difusión de nuestra competencia, a que tiene unos costes reducidos y a la flexibilidad para fijar la fecha de celebración del matrimonio. También hay que señalar que aunque la enorme mayoría de los enlaces se celebran en los despachos notariales, ello no es obstáculo para que vaya creciendo el número de bodas.

- Con los nuevos trámites que podrán realizar los notarios, ¿esperan un repunte de estos enlaces?

Con la entrada en vigor de la competencia notarial para la tramitación del expediente matrimonial no cabe duda que el Notariado contribuirá a facilitar que todo se agilice, porque al tratarse ahora de una competencia compartida con los encargados de los Registros Civiles y los secretarios judiciales, y con los funcionarios diplomáticos y consulares (si el matrimonio es entre españoles residentes en el extranjero), los ciudadanos tendrán un mayor número de funcionarios y profesionales a para formalizar su matrimonio.

No obstante, mientras los notarios no tengan acceso telemático al Registro Civil que permita agilizar la obtención de la documentación previa y la presentación telemática de las escrituras y mientras no esté a aprobada la nueva ley que reforma la oficina del Registro Civil y publicada una reforma del Reglamento del Registro Civil que complemente las nuevas competencias, no creo que pueda darse un cambio sustancial en la tramitación de los expedientes matrimoniales, que continuará mayoritariamente siendo ante el Registro Civil.