La Xunta abre desde mañana el plazo para las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales para el curso 2021/22 y termina el 22 de abril.

La relación provisional de personas admitidas y la lista de espera con las puntuaciones obtenidas se hará pública el día 10 de mayo y se podrá consultar en las jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social, así como en la página web: https://politicasocial.xunta.gal y en los respectivos centros.

Las personas solicitantes podrán efectuar las reclamaciones que consideren oportunas en el plazo de los 5 días posteriores a la fecha de la exposición pública de la relación provisional.

Estas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de la lista definitiva.

 

Las solicitudes para la renovación de plaza del alumnado escolarizado durante lo curso 2020/21 se presentará preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Las solicitudes de nuevo ingreso se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. En este impreso de solicitud se podrá solicitar plaza para un máximo de dos centros indicando el orden de preferencia.

Los impresos estarán disponibles además en la dirección electrónica https://politicasocial.xunta.gal y se facilitarán también en los propios centros en los que se solicite plaza y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social.

Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

Requisitos para optar a una plaza

Que el niño o la niña ya haya nacido en el momento de presentación de la solicitud y tenga su residencia en Galicia y que tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no tenga cumplidos los 3 años de edad el 31 de diciembre de 2021. No obstante lo anterior, se podrán eximir del límite de edad de los 3 años a los niños y las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo, de acuerdo con la normativa vigente.

Cómo se adjudican las plazas  

 La adjudicación de las plazas en el procedimiento ordinario se realizará por el siguiente orden:

Las niñas y los niños escolarizados durante el curso 2020/21 tendrán derecho a la renovación automática de su plaza en el turno en el que estuviesen escolarizados.

En aquellos centros en los que, por carecer de demanda suficiente, se reduzcan los horarios, el alumnado con derecho a la renovación de plaza en jornada de tarde podrá renovarla para el mismo centro en jornada de mañana.

Las familias con un niño/a escolarizado/a en una escuela infantil de la Red Galiña Azul que justifiquen un cambio de domicilio y/o de lugar de trabajo tendrán derecho preferente a una plaza en el centro que soliciten siempre que, una vez finalizado el proceso de renovación de plaza del alumnado de la propia escuela, existan plazas suficientes.

En el caso de nuevo ingreso, se seguirá el siguiente orden de adjudicación:

1º. Las de los hijos y las hijas del personal que preste servicio en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales, cuando soliciten la plaza para el centro donde presta servicio la madre/padre, la persona acogedora o el tutor/a legal.

2º. Las de niñas/os con hermano o hermana con plaza en el centro para el que solicitan la plaza, renovada o de nuevo ingreso.

3º. Las de menores con medidas administrativas de tutela o guarda en situación de acogimiento familiar.

4º. Las plazas que queden vacantes se adjudicarán según la puntuación obtenida por la aplicación de este baremo:

En el supuesto previsto en el artículo 3.1.c) 4º se aplicarán los criterios establecidos en el siguiente baremo:

Situación sociofamiliar.

1. Por cada miembro de la unidad familiar: 2 puntos.

2. Por cada persona que, no formando parte de la unidad familiar, esté a su cargo: 1 punto.

3. En caso de que el/la niño/a para quien se solicita la plaza haya nacido en un parto múltiple: 1 punto.

4. Por cada miembro de la unidad familiar afectado por discapacidad o enfermedad que requiera internamiento periódico: 2 puntos.

5. Por la condición de familia monoparental: 3 puntos.

6. Por ausencia del hogar familiar de ambos miembros parentales: 6 puntos.

7. Por la condición de familia numerosa: 3 puntos.

8. Otras circunstancias familiares debidamente acreditadas: hasta 3 puntos.

• Situación laboral familiar.

Criterios sobre la situación laboral y familiar:

a) Situación laboral de ocupación:

– Madre: 7 puntos.

– Padre: 7 puntos.

b) Situación laboral de desempleo (1):

– Madre: 2 puntos.

– Padre: 2 puntos.

c) Personas que desarrollen y perciban el tramo de inserción (Risga):

– Madre: 3 puntos.

– Padre: 3 puntos.

(1) Sobre la situación laboral de desempleo, se valorará tal condición con la certificación de demanda de empleo con efectos del día anterior al de la publicación de esta resolución.

En el caso de familias monoparentales o aquellas en las que el niño o la niña conviva con una sola persona progenitora, se les adjudicará la puntuación del epígrafe correspondiente computando por dos.

Solo se podrá obtener puntuación por uno de los epígrafes anteriores.

Situación económica.

Renta per cápita (RPC) mensual de la unidad familiar, referida al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente (calculada de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de esta resolución):

– Inferior al 30 % del IPREM: +4 puntos.

– Del 30 % o superior e inferior al 50 % del IPREM: +3 puntos.

– Del 50 % o superior e inferior al 75 % del IPREM: +2 puntos.

– Del 75 % o superior e inferior al 100 % del IPREM: +1 punto.

– Del 100 % o superior e inferior al 125 % del IPREM: -1 punto.

– Del 125 % o superior e inferior al 150 % del IPREM: -2 puntos.

– Entre el 150 % y el 200 % del IPREM: -3 puntos.

– Superior al 200 % del IPREM: -4 puntos.

En caso de obtener igual puntuación, tendrán preferencia en primer lugar las solicitudes con la renta per cápita más baja y después las de jornada completa con servicio de comedor sobre las solicitudes de media jornada.

A efectos de esta resolución están a cargo de la unidad familiar las personas que, conviviendo en el mismo domicilio, tienen ingresos inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente.

En el caso de ausencia del hogar familiar de ambos miembros parentales se adjudicará la puntuación máxima en los epígrafes de la situación laboral familiar y de la situación económica del baremo.

En el caso de familias monoparentales, se incrementará en un 0,8 el número real de miembros que componen la unidad familiar.

 

Calendario de las escuelas

 El curso escolar dará comienzo el lunes día 6 de septiembre de 2021.

Los centros permanecerán abiertos de lunes a viernes, excluidos los días considerados festivos en el calendario laboral y los días 24 y 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, con carácter general, todos los centros permanecerán cerrados durante los períodos siguientes:

a) Los días 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2021.

b) Los días 11, 12 y 13 de abril de 2022.

c) El mes de agosto correspondiente al curso.

En el caso de la evolución positiva de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido por la autoridad sanitaria, la Dirección de la Agencia Gallega de Servicios Sociales podrá dictar las oportunas instrucciones para la apertura de un centro por localidad.

En el mes de agosto de 2022, en caso de producirse la apertura de un centro por localidad, esta se efectuará siempre que exista una demanda igual o superior a 15 alumnos/as. En estos casos, su cierre diario se realizará a las 17.00 horas.

En este supuesto la familia deberá justificar en base a motivos laborales o de salud la necesidad de llevarlo al centro durante el citado período del mes de agosto.

El alumnado podrá asistir al centro un máximo de once meses dentro del período de septiembre a agosto del curso 2021/22.

El horario

Las personas usuarias dentro del horario de apertura del centro podrán optar por jornada completa continuada o por media jornada.

Se entiende por jornada completa continuada aquella que se desarrolla desde primeras horas de la mañana, abarca las horas centrales de la actividad escolar e incluye el servicio de comedor, con independencia de la potestad organizativa de los centros.

Se entiende por media jornada aquella que, con un horario máximo diario de cuatro horas, se desarrolla en jornada de mañana, con o sin servicio de comedor, o en jornada de tarde, con independencia de la potestad organizativa de los centros. La media jornada de tarde, sin servicio de comedor, solo se ofertará en los centros con horario ampliado hasta las 20.00 horas.

Con carácter excepcional, podrán admitirse solicitudes de jornada partida cuando por circunstancias familiares acreditadas documentalmente se justifique esta necesidad.

La permanencia del alumnado en el centro no podrá superar las ocho horas diarias dentro de la jornada por la que opte, excepto cuando, por circunstancias excepcionales debidamente acreditadas, tenga que permanecer un tiempo superior al máximo establecido. Estos supuestos, serán estudiados y, en su caso, autorizados por la jefatura territorial de la Consellería de Política Social correspondiente.

Prestaciones

1. Las personas usuarias pueden optar por una de las siguientes modalidades de servicio:

a) Atención educativa con comedor.

b) Atención educativa sin comedor.

La opción de los servicios elegidos se hará constar en la solicitud y se mantendrá durante todo el curso, salvo circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas que justifiquen la necesidad de modificación de la opción elegida inicialmente.

2. El horario para el alumnado que opte por la modalidad de servicio prevista en la letra b) del número anterior será el establecido por el centro en base a sus criterios organizativos de funcionamiento.

3. Las niñas y niños que tengan concedida plaza sin servicio de comedor podrán hacer uso de este servicio en días sueltos siempre que se comunique a la dirección del centro con antelación suficiente y se abone el precio estipulado.

Para más información, puede consultarse

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210323/AnuncioG0379-110321-0001_es.html