La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña juzga el próximo jueves a un vecino de la zona de Carvallo, acusado de violar a su esposa y someterla durante años a agresiones físicas y psicológicas, por lo que se enfrenta a 15 años de prisión. Ese mismo día, pero en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, un padre se enfrenta a 9 años de prisión acusado de abusar de su hija discapacitada en la zona de Monforte. Desgraciadamente no se trata de casos insólitos, sino que son cada vez más habituales en los juzgados, donde se confirman entre los ilícitos que más crecen.
Los abusos, los ilícitos más habituales, pasan a ser agresión con la nueva ley de libertad sexual | El Poder Judicial cuestiona aspectos claves del proyecto que va este mes al pleno
En Galicia se registran cinco ataques contra la libertad sexuales al día. Los juzgados gallegos recibieron el último año 1.894 casos, frente a los 1.255 del ejercicio anterior, que se suman a 139 causas cualificadas y 143 delitos sentenciados. Por provincias, Pontevedra –con 1.012 casos denunciados– duplica los de A Coruña, donde se registraron 553. Sigue Lugo con 183 causas incoadas y Ourense con 146, según los últimos datos de la memoria de la Fiscalía, correspondientes a 2019.
Los delitos más graves, agresiones sexuales y violaciones, se han disparado en el último año, al registrarse 590 víctimas frente a las 382 de un año antes. Las penas por agresión sexual se sitúan entre 1 y 5 años de prisión en función de posibles agravantes, pero si además hay violación puede elevarse hasta los 12 años. También los abusos –atacar la libertad sexual de otra persona sin que exista consentimiento– casi se han duplicado respecto al año anterior con 762 causas abiertas frente a 467. La pena en estos casos va de 1 a 3 años de prisión. El terrible balance de los ataques contra la libertad sexual en el último año, incluye 120 menores víctimas de abusos sexuales y 45 de agresión sexual.
Además se registraron 91 casos de acoso sexual y 59 menores fueron utilizados para producir material pornográfico. También se incoaron 63 diligencias contra adultos por producción o tenencia de material pornográfico
Intentar poner freno a la situación y evitar sentencias injustas que crean gran alarma social, caso de la Manada, es el objetivo de la nueva Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual que impulsa el Ministerio de Igualdad y cuyo anteproyecto se abordará el próximo 25 de febrero en el pleno del Consejo General del Poder Judicial aunque llega envuelta en polémica. El máximo órgano de los jueces cuestiona algunas claves del documento, pues mientras agrava las penas para los casos más leves, las reduce en el caso de los delitos más graves. Y es que la futura Ley de libertad sexual castiga todo comportamiento sexual sin consentimiento, incluido el acoso callejero, que pasa a ser delito.
La propuesta del texto de la ponencia, elaborada por los vocales del CGPJ Roser Bach, Juan Manuel Fernández y Pilar Sepúlveda, cuestiona dos cosas: la definición del consentimiento, el “solo si es si” y la desaparición del delito de abuso sexual. El informe del Poder Judicial es preceptivo, pero no vinculante, para la tramitación parlamentaria de la ley.
Los ponentes del CGPJ consideran que no hacía falta introducir una definición legal del consentimiento pues “puede comportar una inversión de la carga de la prueba” y alegan que el Código Penal vigente ya se asienta en la falta de consentimiento para sancionar los delitos contra la libertad sexual.
Polémica jurídica por la desaparición del abuso y definir consentimiento
Inciden en que la incorporación de una definición de consentimiento “no logrará evitar la victimización secundaria, pues hará girar los interrogatorios hacia el modo en que la víctima suele prestar consentimiento sexual para determinar el alcance de las circunstancias concurrentes”.
En cuanto a la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual, los ponentes del CGPJ sostienen que “podría tener un efecto de desprotección de la víctima al resultar irrelevante el empleo de un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor”, y es que no habrá diferencia de condena entre agresión sexual y el tipo de violencia o intimidación que se ejerza, igualándose el uso de arma o no.
“Los casos menos graves se van a penar más y los más graves menos”
Jose Antonio Vázquez Taín
— Magistrado
Jose Antonio Vázquez Taín - Magistrado
El magistrado José Antonio Vázquez Taín se muestra preocupado por el texto del anteproyecto de la futura Ley de libertad sexual. “Nos vamos a encontrar que los casos menos graves se van a penar más y los más graves se van a penar menos. Porque se igualan todos, todo es agresión sexual. Las causas graves las ponemos en el tipo básico y las leves también”. En su opinión, no hace falta definir el consentimiento y hacerlo presenta un problema: “Puede haber supuestos en que, aún incluyéndose en ese consentimiento, la víctima después lo retiró o no quería consentir eso”. Además, apunta, “el 67% son juezas y no hay que decirles que es consentimiento, ni lo que es si o no”. Advierte de que se van a reformar parcialmente un grupo de leyes muy complejas en vez de abordarse en su transversalidad: “Al final nos vamos a encontrar con costuras. A lo mejor se pena más algún tipo de violación que un tipo básico de homicidio, algo completamente ilógico”. Vázquez Taín cree que: “En el delito de agresión sexual quieren que entre todo en un mismo marco penal: desde el tocamiento sorpresivo a actos muchos más graves y no se contemplan agravantes por empleo de violencia o intimidación”. Algo similar a lo que ocurrió con la Ley de Violencia machista: “Si en una negociación con los abogados delante, el marido le dice a la mujer ‘no me busques que me encuentras’, son amenazas constitutivas de delito con 9 meses de prisión. La misma pena que si se presenta en el portal de ella, de noche, con un sicario y le mete una pistola en la boca mientras le dice: ‘como no mes la razón...”. En su opinión la condena de la Manada sería menor con la futura Ley y se van a dar situaciones: “En las que va a ser lo mismo que una pobre chica esté borracha y tengas relaciones con ella, a que un grupo de cinco tíos abusen de ella. Al final no va a haber criterios que nos permitan a los jueces el justificar con la ley en la mano, porque al final nosotros necesitamos que haya negro sobre blanco normas claras que nos permitan aplicar las penas. Ese es el primer defecto básico que yo le veo y es lo que está pasando en violencia de género: Entran y salen todos con penas de entre 6 y 9 meses de prisión y entre 2 y 5 años de alejamiento, salvo los delitos muy graves claro”.
“Definir el consentimiento hace girar el juicio sobre el comportamiento de la víctima”
Paula Álvarez
— Abogada penalista
Paula Álvarez - Abogada penalista
“Lo que más me preocupa es la definición del consentimiento, tal como está redactada, porque al final viene a hacer girar el juicio sobre el comportamiento de la víctima, para quedar al final abierto a la interpretación del juzgador. La interrogarán sobre cómo suele dar consentimiento en sus relaciones sexuales... Es otra victimización”, advierte la abogada y penalista viguesa Paula Álvarez ante el anteproyecto de Ley de libertad sexual. La letrada, que apuesta por la creación de juzgados y equipos especializados, especialmente necesarios en su opinión en el caso de menores, espera que durante la tramitación de la Ley no solo se corrija el tema de la definición del consentimiento, sino también la necesidad de dotar de agravantes a los delitos de agresión sexual, que ahora asumen también los abusos. Paula Álvarez recuerda que: “Ahora el bien jurídico protegido es la libertad sexual, pero no hace tanto era la honorabilidad: las víctimas debían demostrar que eran decentes”. Incide en que no hace falta definir tanto el consentimiento: “Creo que quieren dejar todo tan acotado que están perjudicando. Volvemos a incidir en el comportamiento de la víctima. No se elimina la doble victimización. Se centran tanto en el consentimiento que habla de actos externos, que se va a juzgar todavía más el comportamiento de la mujer, y digo mujer porque son las mayoría de las víctimas de las agresiones sexuales”. En cuanto a la desaparición de los abusos, que pasan a ser agresión sexual, cree que hay que plantearse agravantes, porque tal como se ha redactado la Ley “mete todo en el mismo saco y con las mismas penas”. Así, apunta que no se contemplan penas más duras para los hechos más graves: “Si por determinado comportamiento sexual me van a caer 9 años, pues ejerzo también violencia, intimidación y te degrado porque la pena va a ser igual”. Advierte que, además, el tipo básico de agresión sexual que ahora es de 1 a 5 años, se baja a cuatro. La abogada viguesa comparte la necesidad de juzgados y equipos especializados, sobre todo en el caso de menores: “Hay una gran cantidad de delitos con víctimas infantiles que se quedan el tintero porque es muy difícil probarlos: se producen en la clandestinidad, la única prueba es el propio niño que es maleable y es muy difícil. En el caso de los niños hace falta especialización y más medios psicológicos y equipos psicosociales”.