Los empleados públicos de la Xunta podrán teletrabajar la mitad del mes durante un año. Eso sí, deberá de garantizarse como mínimo la presencia del 40 por ciento de la plantilla en las oficinas de la Xunta. Así consta en el borrador del acuerdo sobre la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo que la Consellería de Facenda trasladó ayer a los sindicatos. Los trabajadores de la Administración autonómica que desempeñen su puesto desde casa serán sometidos a controles para garantizar que se cumplen los objetivos y resultados recogidos en un plan individual de trabajo acordado previamente y además cada seis meses deberán presentar una memoria con la actividad realizada y justificar, si fuera el caso, los incumplimientos.

Pendiente todavía de la negociación sindical, Galicia se convierte así en la primera comunidad autónoma en adaptarse a la normativa estatal de teletrabajo.

Podrán solicitar el teletrabajo los empleados públicos interesados, aunque también la Administración autonómica tendrá potestad para implantar esta modalidad en determinados supuestos como crisis sanitarias o climáticas o debido a obras o traslados.

Pero no todo el personal de la Xunta podrá beneficiarse. El borrador de Facenda concreta las excepciones, por ejemplo, los puestos en oficinas de atención a la ciudadanía, los técnicos o administrativos de servicios con atención 24 horas, como emergencias o prevención de incendios, las secretarías de altos cargos o el personal que trabaja en centros docentes.

Para teletrabajar desde casa los empleados públicos que lo soliciten deberán cumplir varios requisitos como llevar más de dos años en la Xunta, tener conocimientos de informática, disponer de un espacio de trabajo que se ajuste a la normativa de prevención de riesgos laborales y contar con conexión a internet estable y con un largo de banda suficiente.

La autorización para trabajar desde casa durará un año pero podrá prorrogarse. En todo caso, el número máximo de jornadas que se pueden desarrollar en la modalidad de teletrabajo no podrá superar la mitad de las jornadas laborales mensuales y, en ningún caso, podrá prestarse de forma continuada durante toda una semana, de manera que al menos un día todo el cuadro de personal esté presente en la oficina.

Además, la jornada diaria no podrá fraccionarse, de manera que se desempeñe una parte desde casa y la otra desde la oficina.

La Administración autonómica se encargará de proveer los recursos tecnológicos para el teletrabajo, aunque contemplan la posibilidad de que los empleados públicos utilicen sus propios dispositivos.

Puesto que se deberá garantizar que un 40 por ciento de la plantilla de la Xunta esté presente en la oficina, si las solicitudes para teletrabajar superan ese porcentaje se dará prioridad a las víctimas de violencia de género, las personas con discapacidad y los trabajadores con necesidades de conciliación. Y se tendrá en cuenta el tiempo y la distancia de desplazamiento al puesto de trabajo, si tienen dedicación exclusiva y, en caso de empate, tendrán preferencia los empleados con más antigüedad.

Cada departamento de la Xunta deberá establecer un sistema "medible" de asignación de tareas para los empleados que trabajen desde casa. Y para cada profesional se establecerá un plan individual de teletrabajo, que establecerá el calendario y los indicadores que se usarán para medir el grado de cumplimiento de objetivos. Además se usarán los "sistemas y medios tecnológicos de seguimiento para verificar las tareas realizadas".

El teletrabajo será compatible con las otras modalidades horarias implantadas en la Xunta como la flexibilidad horaria.