La paralización judicial causada por la pandemia de Covid-19 durante el confinamiento decretado por el estado de alarma frenó los litigios en marcha y la llegada de nuevos conflictos a la justicia, caso de los juicio exprés por deudas económicas y, sobre todo, de las rupturas de pareja. Las demandas para separar los caminos de una pareja, bien de separación, bien de divorcio, se desplomaron en el segundo trimestre del año un 40,7% en Galicia, tendencia generalizada en todo el Estado, donde el descenso fue incluso ligeramente superior (42,1%).

Las demandas de ambos tipos sumaron durante abril, mayo y junio un total de 872 frente a las 1.471 del mismo período del año anterior, según las informaciones del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que vincula la tendencia a la congelación de la actividad en los juzgados. De hecho, también disminuyeron, aunque solo un 11,7%, los monitorios, unos procesos exprés en sede judicial para reclamar deudas entre particulares y empresas y evitar los juicios tradicionales.

Ese trimestre coincidió casi plenamente con el estado de alarma decretado a mediados de marzo y suspendido a finales de junio. "La desescalada escalonada en la administración de justicia. La necesidad de adoptar medidas de seguridad e higiene en los juzgados y la persistencia de la incidencia de la pandemia han hecho que las características de la disminución de todos los indicadores en ese trimestre sean tan diferentes a las de cualquier otro periodo anterior que es imposible extraer conclusiones de los datos que se presentan", reconoce el TSXG.

El frenazo de la actividad obligó al TSXG en mayo a planificar un plan de reactivación de la actividad, ante el aumento de la demora en la solución de litigios. En el caso de las disoluciones matrimoniales, el desplome fue generalizado. Los divorcios con consenso también se redujeron un 40% (de 840 a 503) y los consensuados un 41% (de 576 a 339). Menos porcentaje registraron las separaciones: de 39 a 17 en el caso de las consensuadas y de 16 a 13 en el de las pactadas.

En el ámbito familiar se vieron afectados incluso los procedimientos vinculados a las custodias y pensiones alimenticias de hijos no matrimoniales. Entre abril y junio se iniciaron 89 procedimientos de modificación de medidas consensuadas, casi anterior, un 50% menos que el año, mientras que las demandas para cambiar las condiciones en casos no pactados cayeron un 32%, de 477 a 323, según los datos del TSXG facilitados por el Consejo General del Poder Judicial.

En el segundo trimestre del año también se produjo un descenso interanual de los procedimientos de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales (-33%), así como de los de modificación de medidas en procesos de separación y divorcio (-42%).

Menos pronunciado fue el efecto del confinamiento sobre los monitorios. Esta vía es un constituye un estadio previo a una demanda judicial ordinaria para reclamar deudas entre particulares y empresas y ofrece como ventajas el ahorro de tasas y de los honorarios de abogado y procurador, necesarios en la preparación de un juicio, y mayor agilidad.

Si el deudor no comparece tras el registro de la reclamación o no se opone, el juzgado le da la razón al reclamante y embarga los bienes del primero hasta que salda sus obligaciones. Si asume la carga, dispone de 20 días para pagar. Si no cumple, la justicia ejecuta el embargo -el monitorio tiene la validez deuda sentencia-. Si el deudor rechaza la carga, entonces sí es necesario ir a juicio.

Durante el segundo trimestre del año, los juzgados gallegos registraron 8.832 monitorios, 1.111 menos que en el mismo período del año pasado (-11,7%). A nivel estatal, el descenso fue del 23%, según los datos del CGPJ.