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El Gobierno ve inconstitucional que Sanidade ejerza el control sobre la publicidad de fármacos

El Ejecutivo discrepa de seis artículos de la Ley gallega de Ordenación Farmacéutica al considerar que vulneran competencias estatales

El Gobierno pone pegas a la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica aprobada este año por la Xunta. El Ejecutivo central ve inconstitucional un total de seis artículos de esta normativa al considerar que colisionan con competencias estatales. Por un lado, no está de acuerdo con que la Consellería de Sanidade ejerza el control sobre la publicidad de medicamentos y productos sanitarios para garantizar que sea veraz y no induzca a una utilización incorrecta o un sobreconsumo. También discrepa de la regulación que hace el Sergas sobre las unidades de radiofarmacia, en las que se preparan compuestos radiactivos empleados para el diagnóstico y el tratamiento de dolencias como el cáncer, dolencias cardíacas o gastrointestinales.

Para dirimir el litigio entre Xunta y Estado sobre la Ley de Ordenación Farmacéutica se abrirán negociaciones en el seno de la comisión bilateral de cooperación entre ambas administraciones, tal y como publicó ayer el Diario Oficial de Galicia.

La Ley de Ordenación Farmacéutica se aprobó el pasado mes de junio. Esta norma agiliza la adjudicación de nuevas farmacias, permite la apertura de boticas anexas en el rural y contempla la atención a domicilio.

El Gobierno no toca ninguna de estas novedosas medidas, pero sí advierte a la Xunta contra la inconstitucionalidad de un total de seis artículos. Cinco de ellos son los incluídos en el título V dedicado a las unidades de radiofarmacia, dedicadas a la elaboración de radiofármacos. Son compuestos radiactivos utilizados para el diagnóstico y tratamiento de algunas enfermedades.

La norma de la Xunta distingue entre las unidades de tipo I ubicadas en centros sanitarios y las de tipo II que pueden estar instaladas en locales independientes. En el texto se cita la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios aprobada por Real Decreto en 2015 y se advierte que las unidades de radiofarmacia prepararán fármacos que no precisen autorización previa de la Agencia Estatal del Medicamento.

También se especifica que la autorización para la "apertura, modificación y cierre de las unidades de radiofarmacia" corresponde a la "consejería competente en materia de sanidad". Y establece la dotación de recursos humanos con la que deberán contar estos laboratorios.

El último artículo en discusión establece que será la "consejería competente en materia de sanidad" la que garantice que la promoción y la publicidad de productos sanitarios y medicamentos "se ajuste a criterios de veracidad, evitando inducir a una utilización incorrecta o un sobreconsumo". Le corresponderá al Sergas, por lo tanto, el control sobre esta publicidad y advierte que las entidades que difundan mensajes publicitarios en el ámbito de la comunidad autónoma deberán comunicar su intención de publicitar sus productos.

La Consellería de Sanidade resta importancia al conflicto y defiende que no se vulneran competencias estatales porque "en todos los artículos se menciona: será el órgano competente..."

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