El pleno del Parlamento de Galicia somete hoy a debate el proyecto de ley de usos lúdicos de aguas termales, que recoge sanciones de hasta 90.000 euros para infracciones muy graves, tales como contar sin autorización o tenerla desactualizada. El texto carece del beneplácito de la oposición que pide su devolución y ha presentado un total de 175 enmiendas.

El proyecto de ley, cuyo debate de totalidad se aborda en el pleno que arranca hoy, contempla multas de hasta 90.000 euros para infracciones muy graves, como ejercer este tipo de aprovechamiento sin contar con autorización o concesión o que ésta se encuentre caducada, anulada o revocada.

El PSdeG, Grupo Común da Esquerda y BNG defenderán en la sesión que se devuelva al Ejecutivo el texto legislativo que rechazan y que, según defiende la Xunta, aspira a fijar por primera vez una frontera clara entre las aguas termales reservadas para fines terapéuticos y preventivos y las destinadas a fines lúdicos. Todo ello, con el objetivo de "no malgastar el potencial, no romper los caudales y garantizar la salubridad" de esas aguas.

Salvo sorpresa, la mayoría absoluta del PP permitirá sortear las tres enmiendas a la totalidad presentadas y el texto seguirá adelante arrancando su tramitación parlamentaria. Los grupos de la oposición han registrado 175 enmiendas al articulado. Incluso los populares han presentado cinco con las que confían en introducir mejoras en el texto definitivo.

A la espera de las modificaciones que pueda sufrir en su tramitación en la Cámara, el proyecto legislativo que parte del Ejecutivo de Feijóo incorpora un régimen de sanciones de 900 a 90.000 euros.

Como infracciones muy graves se tipifican, entre otras, el empleo de las aguas termales para usos distintos de los previstos en la concesión de aprovechamiento lúdico o la transmisión de esta, sin previa autorización administrativa. Igualmente sancionará con el máximo el incumplimiento de las condiciones para otorgar la concesión, cuando con ello se ponga en riesgo la salud de las personas o la seguridad de los bienes o del medio ambiente.

La norma contempla que cuando el terreno sea de dominio público la concesión administrativa se realizará por 30 años prorrogables a 75. Y, cuando el terreno sea de propiedad privada, se concederá una autorización administrativa por el tiempo previsto en el proyecto de explotación, revisable por periodos de, como máximo, 10 años. Precisamente, dos grupos enmiendan este aspecto. El Grupo Mixto, para reducir el máximo hasta 50 años; y el PSdeG para cambiar su redacción.