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La Xunta sanciona a 40 personas por fraude en alquileres para rentas bajas

El IGVS castigó el año pasado con 275.000 euros a quienes falsean sus datos para lograr una renta subvencionada -En cuatro años 90 personas acumularon sanciones por más de medio millón

Imagen aérea de viviendas de Navia, en Vigo, que incluyen pisos de promoción pública. // R. Grobas

Falsear los datos de ingresos para ajustarse a los requisitos para obtener una vivienda pública en régimen de alquiler con un precio reducido, ocultar la propiedad de otro piso, no ocupar el asignado subarrendándolo, molestar a los vecinos generando ruido y, por supuesto, no pagar la renta mensual constituyen unas infracciones cuyo castigo va más allá del desahucio del citado inmueble. Las multas por esos fraudes oscilan entre los 3.001 y los 600.000 euros y la posibilidad de ser cazado por parte de los inspectores de la Xunta han crecido durante los últimos tiempos. En cuatro años, se les ha abierto a 89 ciudadanos expedientes sancionadores que suman en total 567.013 euros, lo que supone una media de 6.370 por caso. La progresión va en aumento, pues el año pasado se superaron las cifras de los dos ejercicios previos acumuladas, con 40 castigos por un valor acumulado de 275.363 euros.

El parque de viviendas públicas que maneja el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) ronda los 3.600 inmuebles, según la Consellería de Medio Ambiente, de la que depende el citado organismo. Para lograr un alquiler a precio reducido no solo se deben cumplir requisitos económicos, sino también de otra índole. En el primer caso, se trata de percibir ingresos comprendidos entre 3,5 y 0,7 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (iprem), fijado en 7.519 euros distribuidos en 14 mensualidades: entre 26.316 y 5.263 euros.

La Xunta subvencionará una parte del precio del alquiler en función de la situación económica de cada familia. En caso de que esta no alcance los ingresos anuales marcados por el iprem, financiará el 100% del coste. Si sus ingresos oscilan entre una y dos veces ese indicador, la subvención será del 70%; hasta el 2,5 veces, se rebajará al 60%. Si los ingresos superan esa franja pero no sobrepasan las 3,5 veces, el porcentaje no podrá ser superior al 30%, según establece el Programa Aluga, si bien la Consellería de Medio Ambiente cuenta con otros programas para facilitar el acceso a la vivienda en alquiler, como Reconduce, para ciudadanos en riesgo de exclusión social o afectados por un desahucio tras impago de la hipoteca.

Además, el aspirante a esa vivienda -que debe inscribirse en el Rexistro Único de Demandantes de Vivenda- debe comprometerse a que esa sea su "residencia habitual permanente" y a no poseer otro inmueble, según la normativa actual, pues el decreto que elevará el listón de ingresos para acceder a una vivienda pública -en propiedad y alquiler- o establecerá la opción de copropiedad con la administración aún sigue en fase de tramitación siete años después de iniciar su elaboración.

Incumplir algunos de los requisitos expuestos anteriormente acarrea la apertura de un expediente sancionador por parte del IGVS. El año pasado se impusieron 40 castigos, que sumaron un total de 275.363 euros. En 2017, las cifras fueron de 18 y 73.000; en 2016, de 18 y 140.500; y en 2015, de 13 y 78.150, respectivamente, según los datos aportados por la Consellería de Medio Ambiente.

El número de sanciones certificado cada anualidad no tiene por qué corresponderse con casos detectados en el mismo ejercicio. "Muchos expedientes se inician un año y se terminan en otro diferente, por lo que no todos los resueltos en 2018 fueron iniciados ese mismo año", matizan fuentes del departamento dirigido por Ángeles Vázquez sobre una circunstancia aplicable a todas las anualidades.

El IGVS reforzó precisamente en 2015 su plan de inspecciones para "evitar que estas viviendas estén vacías, que estén ocupadas indebidamente o que quien tiene recursos no pague el alquiler o la cuota de la comunidad". Aquel ejercicio sus revisiones sumaron 2.600, por 3.700 un año después, 3.800 en 2017 y 2.557 el ejercicio pasado: 12.657 en cuatro anualidades.

Los castigos graves se penan con entre 3.001 y 30.000 euros y en este caso se incluyen faltas como no ocupar la vivienda o causar demasiado ruido. Subarrendar el piso se considera, sin embargo, muy grave y conlleva sanción de entre 30.001 y 600.000 euros.

Además, el inquilino es desahuciado de la vivienda, como sucedió en 2013 con una mujer que ocupaba un apartamento en el barrio vigués de Navia. Adeudaba 1.500 euros del alquiler y además no residía en el piso.

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