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Cincuenta padres adoptivos en vilo por un fallo judicial podrán conservar a los menores

El Constitucional amplió el límite de edad para adoptar y la Xunta tuvo que revisar todos los expedientes abiertos ► Estas familias ya tenían un menor asignado pero no era firme

Hace un año una sentencia del Tribunal Constitucional tumbó la legislación gallega sobre adopciones y obligó a la Xunta a revisar los expedientes que estaban tramitándose para aplicar los nuevos criterios: la diferencia máxima entre los adoptantes y el adoptado se ampliaba de 40 a 45 años, lo que abría a más familias la posibilidad de adoptar. En el limbo quedaron 53 padres, que ya tenían asignado un niño, pero que no contaban con una resolución judicial firme. De esta manera existía el riesgo de que la adopción del menor se pudiera revertir al hacer la Xunta una nueva evaluación e incorporar a las familias antes excluidas por no cumplir con el requisito de la diferencia de edad. Sin embargo, finalmente ninguno de estos padres perdió a los niños. Ningún juzgado decidió retirarles la tutela al primar el interés superior del menor, que ya había iniciado una convivencia en estos hogares.

La sentencia del Constitucional eliminó varios artículos del Derecho Civil de Galicia, entre ellos el que fijaba la diferencia de edad entre adoptante y adoptado en 40 años. De esta manera, la Xunta tuvo que ajustarse a la norma estatal que ampliaba el margen a 45 años.

El fallo, sin embargo, solo afecta a aquellas adopciones que están abiertas, es decir, quedarán fuera aquellos padres que hayan finalizado con éxito todo el proceso de adopción y cuenten con una resolución firme.

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La Consellería de Política Social tuvo que revisar todos los expedientes que se estaban tramitando, de manera que, con los nuevos criterios, se incorporó a 201 familias, que antes quedaban excluidas, a la lista de espera.

Y en la incertidumbre quedaban estos 53 padres, con el proceso de adopción ya más avanzado pero sin resolución firme. Desde el principio la Xunta defendió que debería primar el interés superior del menor y que deberían minimizarse los riesgos de cualquier cambio de situación. Y así fue. "La sentencia no tuvo efectos sobre estas familias, ya que ningún juzgado decidió revertir estos procesos de integración", explica el departamento de Fabiola García.

Desde el fallo del Constitucional, la Xunta tuvo que revisar en total 673 expedientes que estaban tramitándose en espera de una adopción nacional. "Los profesionales públicos de los equipos de adopción de la Xunta hicieron un trabajo muy importante de adaptación y revisión de expedientes y acercaron la información oportuna a las familias, imprescindible en casos tan sensibles y delicados como éstes", explica Política Social.

Los nuevos criterios de edad ampliaron en mayo de 2018 la lista de espera por una adopción a 376 familias. De estas solicitudes, sin embargo, solo a 18 padres les fue concedido un niño. En 11 casos fue un bebé de menos de un año y en otros siete de más de un año.

Otras 42 familias desistieron del proceso y 23 se cayeron de la lista de espera por haber superado mientras aguardaban por la adopcion la diferencia máxima de 45 años con el adoptante. Otros 52 expedientes fueron archivados porque cuando los equipos de la Xunta contactaron con las familias para realizar la revisión de idoneidad no acudieron a las citas ni realizaron ninguna actuación al respecto en el plazo de tres meses. Además hubo otras tres familias que fueron declaradas no idóneas.

A día de hoy hay 281 familias que están en espera de una adopción de un bebé menor de un año, de las cuales 48 presentaron su solicitud durante el último año.

La Consellería de Política Social aclara que, a pesar de que la sentencia de Constitucional amplió el límite de edad, esto no ha supuesto un incremento en el número de solicitudes presentadas para adoptar un niño.

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