La sección primera de la Audiencia coruñesa ha anulado la condena al alcalde de Cerceda, José García Liñares, a año y medio de prisión y 16 años de inhabilitación, como autor de un delito de prevaricación y coautor de otro delito de fraude a la administración, que le impuso el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña, el juez José Antonio Vázquez Taín.

Así lo ha informado a Europa Press el letrado que llevó la defensa del regidor, Ulises Bértolo. En concreto, ha explicado que el fallo, firme, "considera vulnerado el derecho a un juez imparcial" por lo que atiende a la petición de nulidad planteada por esta parte y determina la obligación de celebrar un nuevo juicio.

Esta decisión, según ha confirmado el letrado también, permitirá al alcalde -que se dijo de baja en el PSOE tras su imputación, pero que continuó como diputado provincial y responsable de Deportes hasta su condena- concurrir a los comicios municipales del próximo 26 de mayo.

Sobre la sentencia, de la que el abogado tuvo conocimiento este martes, ha señalado también que provoca "que desde hoy mismo no haya ninguna condena sobre él", ha expuesto sobre su cliente. La anulación de la condena se extiende también al arquitecto municipal Antonio José Varela Mallo, condenado como cooperador necesario de un delito de prevaricación y otro de fraude a la administración.

Argumentos de la defensa

El letrado ha remarcado también que "en todos los años" de su actividad profesional nunca había planteado la nulidad "por vulneración del derecho a que el juez sea imparcial".

A este argumento, la defensa sumó también "la vulneración del principio acusatorio". "Porque los hechos por los que se ha llegado a juicio no pueden variarse y entendimos que sí se habían variado y la sentencia también se hace eco de esto", ha añadido.

La condena del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña tuvo su origen en una denuncia del PP por supuestas irregularidades en el procedimiento seguido para la adjudicación y contratación de las lagunas del parque botánico de O Acevedo y para unas obras de drenaje para evitar que el agua inundara una senda.

El juez Vázquez Taín consideró probado que hubo una adjudicación de las obras, por un proyecto que se encargó desde el ayuntamiento en 2011 y que fue inaugurado en 2015, "de forma irregular y arbitraria, sin seguir el procedimiento legal". "La intención era terminar las obras en el menor tiempo posible y por las empresas que había previamente elegidas", sostenía el fallo.

De este juicio, la sentencia de la Audiencia de A Coruña señala, entre otras cuestiones, que "se observa que el desarrollo del plenario presenta episodios que no son propios de una normal dirección de los debates, en la medida en que los comentarios sobre la forma de la prueba o su contenido son ajenos a la dirección del debate y comprometen la imparcialidad judicial".