El ruido de los locales de copas de la calle Duquesa de Alba de Monforte de Lemos traía de cabeza a algunos vecinos en 2016, hasta el punto que recurrieron a la Valedora do Pobo para quejarse. La institución dirigida por Milagros Otero pidió al concello que revisase si se cumplían los horarios y si los establecimientos ajustaban estos y su licencia a su negocio real. Un año después, a la oficina de Otero llegaron nuevas quejas por los decibelios nocturnos de esa misma calle y ella alertó del fraude que permitía a algunos locales abrir hasta las 5:30 de la madrugada gracias a su licencia de tablao flamenco, pese a no existir rastro de taconeo y palmas en ellos. Para atajar la problemática del ruido nocturno y la presencia masiva de locales que figuran como tablaos, la Xunta suprimirá esta categoría, lo que obligará a los concellos a revisar todos los permisos concedidos bajo esa tipología. La medida afectará a decenas de negocios. Solo en el concello de Santa Comba, por ejemplo, disponían de licencia de tablao 43 locales en 2012.

Las molestias ocasionadas por el ocio nocturno van a más a tenor de las quejas que llegan a la Valedora. En 2016 fueron 296, cifra que se disparó a 2.268 un año después. De hecho, el último informe denuncia la picaresca en la categoría de negocio, que provoca situaciones como la de Monforte o Santiago. "[El primer concello] no comprobó la actividad real de los establecimientos (cafes-conciertos o tablaos flamencos que previsiblemente no eran tales, sino un fraude para aumentar el horario, uno de los aspectos fundamentales de las reiteradas quejas", se quejaba la Valedora.

La Vicepresidencia de la Xunta comenzó a preparar un cambio legal en abril del año pasado para dar respuesta a esta situación. El borrador del nuevo Catálogo de Espectáculos Públicos modificará los tipos de establecimientos que podrán abrirse en Galicia. Su definición permite obtener una licencia u otra y determina el horario de cierre.

Ese documento eliminará la categoría de tablaos flamencos, que figura en el catálogo vigente de 2004. Estos establecimientos disponían de margen para permanecer abiertos hasta las 5:30 horas. También suprimirá la de karaokes -cierre a las 4:00 horas- y cambiará la de cafés-teatro por cafés-espectáculos. Los horarios de cierre no se modifican y se mantendrán en las 2:30 para bares y restaurantes; 3: 00 para cafeterías; 3:30 para salones de banquetes; 4:00 para pubs; 5:00 para cafés-espectáculos; y 5:30 para discotecas y salas de fiestas.

La norma se aprobará a lo largo de este año y, a partir de entonces, los concellos dispondrán de un año para readaptar todas las licencias municipales a las nuevas categorías. Los actuales tablaos adelantarán su cierre si no se reciben una licencia de discoteca o sala de fiestas.

No es la única novedad de un decreto que desarrolla la Lei de Espectáculos Públicos que entró en vigor a mediados del año pasado y que establece multas de 300 a 30.001 euros para los negocios que excedan su horario legal de cierre.

El nuevo catálogo amparará legalmente los conciertos en cafés, bares y pubs que tengan un aforo interior a 75 personas, según el borrador del documento al que tuvo acceso FARO. Como requisitos establece que esos eventos no precisen montaje de escenario o equipo de sonido adicional y se les exigirá una declaración responsable del propietario.

También se permitirán que un establecimiento ofreza más un tipo de espectáculo, lo que abre la puerta a conciertos en locales con más aforo, pero siempre que no exista incompatibilidad en cuanto a horarios, condiciones acústicas y de seguridad, edad, etc.

Además, se especifican los requisitos de seguridad y aislamiento acústico para un espectáculo "de carácter extraordinario" que pueda celebrar un establecimiento, fijando un máximo de seis eventos al año para ellos.