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Economía rebajará hasta un 80% las multas por daños ambientales a firmas mineras

Las empresas que no rehabiliten espacios naturales pagarán menos castigo si cumplen sus obligaciones tras ser denunciados -La Xunta busca atraer inversores para reactivar el sector

Explotación minera de wolframio en Lousame. // Iñaki Abella

Las empresas mineras que incumplan sus obligaciones de rehabilitar espacios naturales dañados por su actividad dispondrán de una opción para rebajar hasta en un 80% la multa que le imponga la administración autonómica si acometen esos trabajos tras ser denunciados. De esa forma, la Consellería de Economía pretende "introducir incentivos" para acelerar el cumplimiento de los trabajos de restauración del ecosistema afectado.

Esta posibilidad de rebajar el castigo por un incumplimiento legal será introducida a través de la ley de acompañamiento, el cajón de sastre normativo que la Xunta tramita al mismo tiempo que los presupuestos autonómicos.

Esta no es la única rebaja de castigos que establece el Ejecutivo, pues permitirá un descuento de hasta el 70% -en ambos casos un 10% depende del pago voluntario- si al formularse la sanción la empresa ha cumplido "íntegramente la obligación de reacondicionamiento y de las previsiones de restauración, pero no la reparación de danos y perjuicios".

En dirección contraria, endurece ligeramente los criterios para elevar la gravedad de una sanción. Si hasta ahora eran necesarias más de tres de tipo leve o grave para ser consideradas graves o muy graves, respectivamente, desde la entrada en vigor de la nueva norma solo será necesario superar dos. Las leves acarrean castigos de hasta 30.000 euros; las graves, entre 30.001 y 300.000; y las muy graves, entre esta cifra y el millón de euros.

En caso de incumplimientos, la firma expedientada añadirá una losa en forma de multa coercitiva hasta que salde sus responsabilidades con la administración que oscilará entre los 1.000 y los 25.000 euros.

Estos cambios están acompañados de una garantía legal para que la quiebra de una empresa no impida el cobro de las sanciones por las citadas irregularidades y otras. La legislación añade como responsables de los pagos a "la persona titular o propietaria de la entidad explotadora efectiva, así como al administrador, gerente, director o equivalente [...] cuando no realizasen los actos necesarios que fueran de su incumbencia para el cumplimiento de las obligaciones infringidas, consintiesen el incumplimiento por quien de ellos dependan o adoptasen acuerdos que hiciesen posible la comisión de tales infracciones". Y especifica que no habrá subterfugios. Si la empresa quiebra, la sanción irá dirigida contra ellos.

Por segundo año consecutivo, la Xunta aprovecha la ley de acompañamiento para variar la legislación en materia de minas y tratar de reactivar el sector, objetivo que se marcó ya en 2011 el Ejecutivo de Alberto Núñez Feijóo (PP), señalando las posibilidades de extra oro, wolframio -se reactivaron dos de los grandes yacimientos de la comunidad- o litio, entre otros.

El año pasado, estableció un calendario para sacar a concurso público cientos de minas cuyos derechos habían caducado -630, según el Catastro Minero del Gobierno central-. La fecha tope era el 26 de octubre de este año, es decir, el próximo viernes.

La Consellería de Economía reconoce de facto el incumplimiento de ese plazo y asegura que convocará "en las próximas semanas" los concursos provinciales para reactivar minas. Su experiencia previa resultó un fiasco. En 2011 anuló las concesiones vigentes de minas sin actividad y las sacó a concurso. De las casi 500 ofrecidas al mejor postor, solo tres fueron reactivadas el año pasado. Medio centenar estaban en fase de análisis de rentabilidad.

Impacto económico

En la adjudicación de la explotación de los yacimientos primarán criterios como la calidad ambiental y el impacto socioeconómico posible en la zona, si bien la Dirección Xeral de Minas se reserva la opción de "establecer justificadamente modificaciones de los criterios" de asignación en casos puntuales.

Los cambios en la ley de acompañamiento también conceden más tiempo a la administración para zanjar estos procesos, duplicando el plazo para la convocatoria y resolución, establecidos a partir de ahora en dos y seis meses, respectivamente.

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