El Tribunal Supremo ha ratificado el decreto de la Xunta que obliga a identificar a los caballos salvajes con un microchip al desestimar un recurso de casación de la Asociación Cabalar Monte Acibal de Amil y la Asociación Lobo.

El alto tribunal desestima el argumento de los recurrentes, en base al artículo 465 del Código Civil, respecto a que solo se podría apreciar un derecho de posesión de los equinos en la celebración de los curros, ya que el resto del año están sueltos en el monte. El Supremo considera que "ninguna de las previsiones que incorpora el decreto impugnado vulnera" dicho artículo, ya que no se regula la posesión de los animales salvajes, sino "obligaciones administrativas" de titulares de explotaciones de equinos, incluidos los que están en régimen de libertad.