El Supremo da tres meses al Gobierno para cumplir la sentencia que sube la luz en Galicia
El alto tribunal apura a Energía a activar los recargos en el recibo en las regiones que cobran impuestos medioambientales

Parque eólico en Monte Xiabre. // Gustavo Santos
Vigo
Ya es solo cuestión de tiempo. De los tres meses que el Tribunal Supremo acaba de dar al Ministerio de Energía para que cumpla la sentencia que obliga a repercutir los impuestos autonómicos al sector energético en el recibo de los consumidores de esas regiones. A encarecer la luz, en definitiva. El fallo estuvo sin aplicar durante más de dos años y medio hasta que la Sala de lo Contencioso "apercibió personalmente" al ministro a finales del pasado 2016, bajo la advertencia de posibles multas. El Gobierno decidió entonces lanzar una primera orden con los recargos en aquellas comunidades que suministraron información después de requerírsela. Fueron Cataluña, La Rioja, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana. El ministerio se quejó de que Extremadura, Castilla y León, Asturias y Galicia -donde, al menos, hay que trasladar a los usuarios el montante del canon eólico, unos 13 euros por cada cliente- se resistían a pasarle los datos de sus tributos para calcular el importe y avanzó que los incluiría en próximas ampliaciones de la orden de suplementos territoriales. Ahora el alto tribunal reclama el cumplimiento de la sentencia "de forma precisa" con ese margen de tres meses como máximo.
Ante la situación que se estaba viviendo, por la falta de información de la Xunta y las otras tres regiones reacias a pasarla, e incluso porque los datos de las cuatro que sí los suministraron no estaban del todo claros, más de una treintena de compañías -incluidas las grandes eléctricas (Gas Natural, Endesa e Iberdrola) y alguna con sede en la comunidad gallega- acudieron al Supremo. Entre sus principales demandas estaban la acreditación de que Energía no cumplía y la puesta en marcha de "todas las medidas necesarias" para que lo hiciera; o que el cálculo del suplemento territorial se aplique también a otros gravámenes sobre el sector y los "sobrecostes" que soportaron.
Hasta el Abogado del Estado llegó a pedir ayuda al alto tribunal para "requerir" a las comunidades que no facilitaron la información que se la trasladen al Ministerio de Energía "al objeto de completar el cumplimiento de dicha sentencia".
El Supremo frena la intenciones de todas las empresas. Dice que pretender solventar "en un único incidente de ejecución el estricto ajuste a la legalidad" es "ilusorio", porque además una "pluralidad" de las compañías que se engancharon al proceso no estuvieron "en el pleito principal". Para ellas, "la eficacia real, el alcance y los efectos" de "este incidente" es "dudosa".
Sobre las peticiones del Abogado del Estado y de las firmas del sector para que sea la propia Sala de lo Contencioso la que inste a Galicia, Asturias, Castilla y León y Extremadura a que hagan llegar su información para aplicarles los suplementos territoriales, el Supremo recuerda lo que dicen algunos de los demandantes. Que estos datos "precisos" están en poder del Ministerio de Hacienda -por los balances de recaudación- y cualquier información complementaria "podría ser aportada por los propios sujetos afectados que efectuaron los desembolsos correspondientes".
"Lo cierto es que, en este ámbito procedimental, no es labor de esta Sala reclamar directamente dicha información de las distintas comunidades, supliendo la responsabilidad del Ministerio", señala, "y la que debe ser leal colaboración entre el mismo y los órganos competentes de las comunidades". El Supremo apunta que Energía "debe complementar con los medios e información de que dispone" y "elaborar la disposición procedente" para "completar, en su caso, lo que eche de menos" en la orden aprobada para Cataluña, La Rioja, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana; "y elaborar la orden pendiente" para Galicia y el resto de regiones "implicadas". Los magistrados le apuran a que "reitere" la solicitud de información y da un plazo de tres meses para la nueva orden.
Galicia llegó a reconocer "varios" intentos del Ministerio para recabar información, pero se opone "de forma rotunda" a que sus impuestos "se incluyan en los suplementos territoriales y que sean abonados por los consumidores gallegos". Solo con el canon a los parques eólicos son 23 millones de euros, a la espera de que algún otro gravamen -como el canon a los embalses- pueda ser incluido en el recargo.
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