Rosario Porto y Alfonso Basterra regresan a la casilla de salida, la misma en la que se encontraban prácticamente hace un año, en noviembre de 2015, cuando la Audiencia Provincial de A Coruña les condenaba a 18 años de prisión a cada uno por el asesinato de su hija Asunta tras un juicio con jurado popular en la capital gallega. Así está la situación después de que el Tribunal Supremo trasladase ayer que desestimaba los recursos de casación de ambos progenitores y ratificaba la sentencia y el período de prisión impuesto, aunque el contenido exacto del fallo todavía se desconoce.

Lo que sí ha podido saber este diario es que el letrado de Rosario Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, que ya hace un año advertía de que llegaría "hasta la última instancia" para defender la inocencia de su representada, interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, aunque primero tiene que conocer la sentencia.

En principio tendrá que esperar todavía, ya que el contenido íntegro de la resolución de la Sala Segunda del Supremo se conocerá, según avanzó ayer el propio tribunal, en los "próximos días", aunque sí se sabe ya que la decisión se ha adoptado "por mayoría" de sus integrantes. Eso implica, según fuentes jurídicas consultas por Efe, que se abre la posibilidad de que se produzca un voto particular discrepante de uno de los magistrados. De hecho, la decisión del Supremo se hace pública un día después de que este órgano decidiese ampliar a un mes el plazo del que disponía para redactar la sentencia, con sus fundamentos jurídicos.

El del Supremo es el segundo no que el exmatrimonio que adoptó a Asunta cuando era un bebé recibe en menos de un año, después de que el Tribunal Superior de Xustiza rechazase también sus recursos de apelación, lo que obligó a sus defensores a llegar al Supremo. El TSXG, como hace ahora el alto tribunal, ratificó la condena a 18 años de prisión para cada progenitor en marzo, como había dictaminado la Audiencia de A Coruña, en un auto en el que se avalaban los hechos recogidos como probados en el auto original del juez Jorge Cid Carballo, excepto en el apartado relativo a la participación directa de Basterra en la muerte de la niña.

Hechos probados

Según la modificación introducida por el TSXG en los hechos probados, Rosario Porto fue la única culpable de asfixiar a su hija Asunta. No obstante, el tribunal determinó que lo hizo "en ejecución del plan preconcebido" con su exmarido para acabar con la vida de la menor. Con estos matices, y tras desestimar las irregularidades alegadas por las defensas de los padres, para el TSXG la condena que cabía imponer a Basterra por el caso era la misma que a su exmujer, 18 años de prisión por asesinato con agravante de parentesco y abuso de superioridad. Llevan ya cumplidos tres años, dado que ingresaron en prisión preventiva en 2013.

El cometido del Supremo era dictaminar si la sentencia estaba correctamente fundamentada o darle la razón a los abogados de los progenitores, que alegaban que la condena carecía de pruebas. Finalmente, visto que ratifican la sentencia del TSXG, se ha impuesto la primera opción, aunque habrá que esperar al fallo para conocer los argumentos de los magistrados y qué abstenciones o votos discrepantes se registraron.

El 30 de septiembre, hace más de un año, se iniciaba el juicio contra los padres de Asunta, en el que declararon más de un centenar de testigos y peritos y que se prolongó más de un mes. Concluyó con un veredicto de culpabilidad por unanimidad por parte del jurado. La pequeña apareció muerta en una pista forestal de Teo cercana a la finca de Rosario Porto en la madrugada del 22 de septiembre de 2013, pocos días antes de cumplir 13 años, y según la autopsia había fallecido el día 21 por asfixia por sofocación.