La Agencia Tributaria puso este año en el punto de mira a los contribuyentes beneficiarios de ayudas públicas. Quienes no las declaren se enfrentan a multas de hasta un 50% de la cuota a pagar. Cientos de familias gallegas se movilizaron en las últimas semanas tras publicarse el listado de las subvenciones públicas exentas del IRPF, en el que Hacienda solo recoge "becas, prestaciones para la atención de personas dependientes, para gastos de enfermedad no cubiertos por el Servicio de Salud o Mutualidad correspondiente", vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores, a rentas reducidas y en especial situación de necesidad y a víctimas de delitos violentos. Desde la Dirección General de Tributos aclaran ahora que las ayudas para la adquisición de libros de texto están también exentas ya que constituyen "una beca pública".

"Es que si la Consellería de Educación me da una ayuda de 180 euros para material escolar que luego tengo que dejar en el colegio y estoy obligada a tributar por ello, me quedo con los libros de texto", se quejaba en declaraciones a este periódico una contribuyente gallega. Tras una primera consulta vía telefónica con la Agencia Tributaria, le comunicaron que estas ayudas no estaban exentas del IRPF y posteriormente trató de corroborarlo con la Consellería de Educación, desde donde -cuestiona- no le confirmaron si debía o no tributar por estas ayudas y lo dejaron a su libre elección.

La respuesta oficial llegó desde la Dirección General de Tributos tan solo tres días después de que este periódico publicase el listado de subvenciones públicas que deben tributar como ganancia patrimonial o rendimientos del trabajo. Tras una consulta hecha desde Galicia a este departamento dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda relativa a las "ayudas económicas para la adquisición de libros de texto destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial en centros sostenidos con fondos públicos, reconocidas por la comunidad autónoma de Galicia", se matiza que la obtención de estas prestaciones constituyen "una beca pública para cursar estudios reglados del sistema educativo que está exenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".

Listado de subvenciones

La lista de las subvenciones públicas que los ciudadanos deben declarar al fisco es larga. En ella están buena parte de las ayudas que conceden Xunta y ayuntamientos. Entre las concesiones más habituales por parte de las administraciones gallegas y que deben ser declaradas ante la Agencia Tributaria destacan el plan PIVE para la compra de coches, el plan Renove para la adquisición de electrodomésticos, ayudas para rehabilitación de la vivienda habitual, la reparación de defectos estructurales o de la fachada de un piso o la instalación de rampas o ascensores o la renta básica de emancipación para el pago del alquiler de la vivienda habitual.

El cambio en la campaña de la renta de este año respecto a ejercicios anteriores es que miles de contribuyentes gallegos tendrán que pagar multas si omiten rentas no exentas ya que desde 2015 la Agencia Tributaria dispone del listado de beneficiarios. Y es que desde el año pasado, las administraciones están obligadas a remitirle la relación de todos los ciudadanos que hayan recibido alguna ayuda pública.

Con esta lista, Hacienda ya está en disposición de comprobar si los receptores declaran estas prestaciones o si por el contrario eluden sus obligaciones con el fisco. Aquellos contribuyentes que omitan en su declaración de la renta estas ayudas se enfrentan a recargos de entre un 20% y un 50% sobre la cuota a pagar. Y no solo del ejercicio 2015, sino de las cuatro campañas de la renta anteriores, ya que esos ejercicios no han prescrito a efectos fiscales.