El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas quiere dejar bien claro que la regularización de una construcción ante el Catastro no supone, ni mucho menos, su legalización en el caso de que esté fuera del ordenamiento urbanístico. Eso depende de cada ayuntamiento.

"Por ello, el plan de regularización catastral no multa las obras ilegales. Eso es competencia de las autoridades municipales y autonómicas en el ejercicio de las labores de policía urbanística, calificación de infracciones e imposición de sanciones en el ámbito de sus responsabilidades. La incorporación al Catastro no convalida ninguna de estas situaciones pues, como está establecido por ley, el Catastro es un registro administrativo en el que se describen bienes inmuebles rústicos, urbanos o de características especiales de acuerdo con las condiciones establecidas legalmente", advierte el ministerio.